Colegas, les consulto a este respecto.
Cuando la persona tiene tanto servicios en tareas insalubres como en tareas comunes, ustedes acompañan al expediente una planilla con el cálculo de la prorrata que hacen -como para facilitarle la tarea al operador-, o les parece que eso es innecesario?
Ya que está una mas. En el caso de este cliente voy a probar varios años de trabajo sólo con certificaciones de servicios que cumplimentan con todas las formalidades del caso -los datos no salen del SIJP ni tiene recibos de sueldo-. La certificación de servicio siempre hace plena prueba? O tienen que ir a cotejar con los libros del empleador? Y si el empleador quebró, que pasa con eso?
Gracias desde ya con la orientación, que este recién es mi segundo trámite a iniciar!!!
Cuando la persona tiene tanto servicios en tareas insalubres como en tareas comunes, ustedes acompañan al expediente una planilla con el cálculo de la prorrata que hacen -como para facilitarle la tarea al operador-, o les parece que eso es innecesario?
Ya que está una mas. En el caso de este cliente voy a probar varios años de trabajo sólo con certificaciones de servicios que cumplimentan con todas las formalidades del caso -los datos no salen del SIJP ni tiene recibos de sueldo-. La certificación de servicio siempre hace plena prueba? O tienen que ir a cotejar con los libros del empleador? Y si el empleador quebró, que pasa con eso?
Gracias desde ya con la orientación, que este recién es mi segundo trámite a iniciar!!!
Un minuto real de felicidad...
