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  • locacion!! se fue a los 4 meses

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 #352254  por Nacho33
 
Colegas: les comento lo siguiente un galpon se alquilo en el mes de febrero, el inquilino fue pagadando siempre fuera de termino , ademas tambien hacia pagos parciales a pcios de mes y a fin de mes completaba el importe del alquiler. Transcuridos 4 meses del contrato, va a casa del locador y le deja las llaves diciendo que no le alquilaba mas, adeudando el mes en curso. No justifico la entrega de llaves por escrito. Ademas tampoco esta en condiciones de rescindir el contrato.
Que me recomiendan que haga intimo ahora a que me pague el mes en curso?? o espero a q que se venza el de junio e intimo por los dos, y sino paga, inicio juicio reclamando ambos y los que post se venzan porque la relacion locativa continua vigente... es asi???? escucho sugerencias al respecto!!!!!!!!!!
 #352467  por Mar07
 
Hola Nacho!, lo que yo haría, y lo recalco, yo haría, y previamente hablándolo con mi cliente, es: citar al inquilino, celebrar un convenio de recisión del contrato. Si queda debiendo algún monto, intimarlo al pago de lo que adeuda, dependiendo del monto reterner el mes de depósito como parte de pago y eventualmente demandar. A mi juicio es lo mas conveniente para tu cliente ya que puede ofrecerlo nuevamente en alquiler. Es preferible que un inquilino que tenga dificultades para el pago se retire a que se mantenga en el inmueble sin pagar.
No se los términos del contrato y si está prevista la cláusula de resolución, pero ten en cuenta que si no está agregada y lo establecido por la 23091 respecto a la resolución anticipada solo se aplica a las locaciones destinadas a vivienda. Saludos. Mar.-
 #352947  por inviguiatti
 
opino igual, es preferible que se valla rapido y disponer del inmueble. Ahora, depende de lo que quiera hacer tu cliente y sobre todo la solvencia del locatario y/o garante. OJO con estas entregas de llaves sin formalidad alguna, no sea cosa que entre el locador al inmueble y despues te aparezca el locatario con un escribano diciendo y mis cosas??, esto no es lo mas comun pero no es imposible, En cuanto a la resolucion anticipada que da la ley de locaciones, tambien se aplica a las comerciales, pero en ambos casos la facultad del locatario solo puede ejercerla transcurrido los primeros 6meses, con preaviso e indemnizaciones tarifadas por la ley.

saludos y suerte
 #353345  por Nacho33
 
gracias a todos por sus respuestas, les comento que llame al locatario lo cite en el estudio, todo se soluciono firmamos un convenio donde se hace constar que rescinde el contrato y pago el mes q debia mas la indemniz. De nuevo gracias a todos por respoder...