Buenos Aires, Mayo de 2009.-FI
Y VISTOS Y CONSIDERANDO:
Tomando en consideración que de
conformidad a lo dispuesto por los arts. 1ø, 2ø y c.c.
del decreto-ley 6.582/58, la inscripción registral
resulta "constitutiva" del derecho de dominio, no cabe
más que concluir, que no puede pretenderse en el caso,
que, por via de analogía resulte aplicable a la
especie, el principio del tracto abreviado que
contempla el art. 16 de la ley 17801 (T.O. dec.
2080/80) por cuanto en los supuestos inmobiliarios la
inscripción resulta "declarativa" (conf. arg. art. 2505
y c.c. del C. Civil).-
Consecuentemente, toda vez que el texto
legal de incumbencia no establece específicamente la
forma de inscripción solicitada, no ha lugar por
improcedente.-
Por ende, con el pago efectuado a
fs. 47, tiénese por satisfecha la tasa judicial
relativa al bien denunciado.-
En atención a lo solicitado, lo que
resulta de los certificados acompañados y demás
constancias de autos, procédase a la inscripción de
la declaratoria de fs. 35 en la proporción
correspondiente, con relación al automotor marca
......... A tal
fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad
Automotor, haciéndose constar las personas autorizadas
para su diligenciamiento.-
Facilítense las actuaciones en préstamo
por el plazo de dos días bajo recibo.-
Y VISTOS Y CONSIDERANDO:
Tomando en consideración que de
conformidad a lo dispuesto por los arts. 1ø, 2ø y c.c.
del decreto-ley 6.582/58, la inscripción registral
resulta "constitutiva" del derecho de dominio, no cabe
más que concluir, que no puede pretenderse en el caso,
que, por via de analogía resulte aplicable a la
especie, el principio del tracto abreviado que
contempla el art. 16 de la ley 17801 (T.O. dec.
2080/80) por cuanto en los supuestos inmobiliarios la
inscripción resulta "declarativa" (conf. arg. art. 2505
y c.c. del C. Civil).-
Consecuentemente, toda vez que el texto
legal de incumbencia no establece específicamente la
forma de inscripción solicitada, no ha lugar por
improcedente.-
Por ende, con el pago efectuado a
fs. 47, tiénese por satisfecha la tasa judicial
relativa al bien denunciado.-
En atención a lo solicitado, lo que
resulta de los certificados acompañados y demás
constancias de autos, procédase a la inscripción de
la declaratoria de fs. 35 en la proporción
correspondiente, con relación al automotor marca
......... A tal
fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad
Automotor, haciéndose constar las personas autorizadas
para su diligenciamiento.-
Facilítense las actuaciones en préstamo
por el plazo de dos días bajo recibo.-