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  • desalojo fiador

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 #350454  por vpetoyan
 
Hola como estan les consulto sobre una demanda por desalojo interpuesta en el fuero de la provincia de buenos aires, yo represento al fiador o garante, vencido el contrato en el mes de octubre/08 la locataria continuo en posesión del inmueble hasta febrero/09 ,no obstante haber sido intimado por carta documento para restituir el inmueble por parte del locador y del garante del contrato. Habiendo abandonado a la fecha el inmueble locado se niega a entregar la llave al locador y solicitada lamisma por el garante tampoco se la entrega a él. Iniciada la demanda la litis no se trabó ya que nosotros recibimos la demanda pero la locataria esta siendo notificada bajo responsabilidad de parte actora, en el domicilio del inmueble objeto de la locación. Mi posición es que me quiero allanar al locador porque yo también estoy interesada en que el locador recupere el bien pero mi consulta versa sobre si al allanarme denuncio que el bien ya esta desocupado y denuncio el nuevo domicilio de la locataria o espero que se trabe la litis y que el locador pida la devolución del inmueble. El punto es que las costas las va a pagar el fiador en este caso en particular, entonces yo quiero acortar los tiempo para que el locador recupere la casa y termine la deuda por cobro de alquileres.
 #350773  por mariferzara
 
HOla, qué tal? tenés constancia que está desocupado? Yo intentaría algo así: citar a una audiencia de conciliación con el propietario, aunque el garante no tenga las llaves, ofrecerle que tome la posesión, podés ir con un cerrajero que sería a su costa, pedí todo con habilitación y que se tome inventario o detalle de la situación del inmueble al tomar la posesión.-.
 #350850  por vpetoyan
 
Hola te cuento que si me consta que el bien esta desocupado ya que el garate son los suegros de la locataria y sabemos que dejo el bien y vive en otro lado, lo del acta con el escribano si yo lo había pensado también mi punto es como de este problema se van hacer cargo el garante quiero encontrar el camino mas rapido para que el locador recupere el inmueble y se ponga punto final al cobro de alquileres, la locataria esta borrada y no se va hacer cargo de nada
 #350856  por mariferzara
 
Sí, entonces pedí audiencia de conciliación urgente, a mí me funcionó, manifestando que el locatario ya no se encuentra ocupando, bajo responsabilidad de la garantía.- Podés tomar posesión por mandamiento(te ahorrás unos pesos) y ofrecé entrar con cerrajero, que no le sale mucho (a mí me dijo un cerrajero acá $ 100) para cambiar cerradura. Todo con habilitación de dias y horas.- Suerte
 #350894  por vpetoyan
 
ok voy a pedir lo que me decis lo unico que el juicio es en pcia de buenos aires y el codigo de procedimiento procesal provincial no contempla la audiencia de la que me hablas si esta contemplado en nación , así que lo planteré en la contestación de la demanda . gracias
 #350957  por mariferzara
 
Sí está la audiencia, fijate el art. 34 ó 36 CPCC donde el juez tiene facultades por economía procesal y a fin de evitar desgaste jurisdiccíonal.-
 #350979  por vpetoyan
 
si estas en lo cierto!!! por el art.36 voy a pedir la audencia desde ya muchas muchas gracias