Hola a todos , queria consultarles lo siguiente : Un cliente mio quiere despedir a empleada domestica que trabaja hace 6 meses en su casa, la inscribio hace 4 meses , segun el decreto 326/56 por ese tiempo trabajado solo le corresponderia 5 dias de preaviso , no corresponde indemnizacion por antigüedad ni vacaciones no gozadas. Para que ella no tenga ningun problema , en este caso , como documentarian el pago de la liquidacion final y el distracto ?
Calculo que como esta en blanco puede mandarle telegrama de despido , pero luego ¿ que ? Le hace un recibo de sueldo como cualquier empleador ? ¿ Se puede hacer convenio privado ?, digo sin ir al Ministerio o juzgado , le va a salir costoso y no me parece que en este caso valga la pena ¿o si ? que opinan ustedes ?
Por favor si alguien me puede aconsejar.
Calculo que como esta en blanco puede mandarle telegrama de despido , pero luego ¿ que ? Le hace un recibo de sueldo como cualquier empleador ? ¿ Se puede hacer convenio privado ?, digo sin ir al Ministerio o juzgado , le va a salir costoso y no me parece que en este caso valga la pena ¿o si ? que opinan ustedes ?
Por favor si alguien me puede aconsejar.
