Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • contrato de cesion de derechos posesorios..

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #349666  por anabel1604
 
mmmm, hasta donde yo se, en principio no es necesaria la escritura publica, porque no se trata de un derecho litigioso lo que estoy cediendo (aún no está iniciada la demanda de usucapión), por lo que podría hacerse por instrumento privado...Por otra parte, al no tratarse de un derecho real, tampoco se exigiría la escritura publica..

USUCAPION-PRUEBA
La cesión de derechos posesorios puede hacerse válidamente por instrumento privado. No se opone el art. 1455 del Código Civil si se la hizo antes de promoverse la demanda por usucapion, pués no versa por tanto sobre acciones o derechos litigiosos.- Tampoco obsta el art. 1184 inc.1º, que sólo exige escritura pública para los contratos cuyo objeto sea el traspaso de los derechos reales taxativamente enumerados por el art. 2593, entre los que no se encuentra la posesión

CCI Art. 1455 ; CCI Art. 1184 Inc. 1 ; CCI Art. 2593

CC0000 JU 34813 RSD-214-41 S 6-7-00, Juez BRIGNARDELLO (MA)
Armentano José Luis c/ Faisal Julio s/ Usucapion
MAG. VOTANTES: MITCHELL-BRIGNARDELLO-VENINI
 #349716  por gadriana
 
julioricardo escribió:La cesion de derechos posesorios se puede hacer por contrato privado, pero la cesion de derechos hereditarios es si o si por escritura publica.
Exacto, pero yo ante esto siempre digo, a los firmantes los tienen hoy, haganlo por escritura igual. Por otra parte si la cesion es de derechos posesorios fijate bien si te lo hace el titular de estos o sus sucesores. Porque en el segundo caso, va por escritura y debes declararlos en la sucesión. Además para sumar los años del causante y sus sucesores, o de la cadena de posesiones,si sos un tercero tenes que dejar expresa constancia de esto, si no empezas a contar los plazos de nuevo.
Yo hago todo por escritura pública, es más seguro.Atte.
 #359059  por eboeris
 
Hola, que tal yo tengo dos ejemplos buenos, de los cuales en su momento usé uno.
(cualquier cosa me lo pedis por email)

Una pregunta referido a esto: La Cesion de Derechos Posesorios en un "CONTRATO" o no.

Saludos.