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 #348592  por Paulii
 
Hola gente!
Me gustaría una opinion sobre el caso! Les comento un poco....
Mi cliente registro una marca en arg., hará unos 5/6 años, esta marca opera en el exterior hace un tiempo; como en su momento querian traer sus productos aca, arreglaron de palabra con mi cliente que la registre y le enviaban los productos para ser comercializados en el país.
Transcurrido el tiempo, esto no ocurrio, mi cliente no utilizo la marca y la misma esta a su nombre.
Ahora parece que ellos querian operar aca, comenzaron a negociar un precio de venta sobre la marca con mi cliene, el cual no llegaron a un arreglo y x el momento está ahí....
A su vez, una empresa de argentina, utiliza el dominio de internet con el nombre de esta marca, el cual figura registrado a nombre de una persona fisica. Mi cliente sabe q hoy estan vendiendo productos con el nombre de esta marca en argentina. Y sabe donde.
Otro dato, tengo entendido que esta marca empezo a crecer alrededor de 2003/4.
Mis debates se generan es estas preguntas:
Convendria hacer una constatacion con un escribano?
Q pasa con el dominio de internet?
Q pasa en el caso de que mi cliente no utilizo la marca?

Gracias!
SLDS
 #349466  por MatiasMGN
 
Pauli:
Como vemos no hay mucha gente que te pueda dar una mano ya que es un tema complejo y casi sin legislación, te aconsejo que leas los articulos y la jurisprudencia que están en el link de esta pagina "Derecho Informatico", creo que te puede servir, yo aún no me recibi asi que no puedo darte una opinion de que hacer, el tema es muy interesante y creo que cada vez se va a empezar a ver mas. Me gustaría que me tengas al tanto de como lo resolviste.-Saludos
 #349535  por Olicam
 
Hola Paulii,
Soy yo nuevamente , veremos si puede ser de ayuda mi opinión sobre el tema. En principio que tu cliente tenga registrada la marca desde hace varios años y no la haya usado no lo beneficia porque te cuento, la ley de marcas art. 26, prevee que "a pedido de parte se puede declarar la caducidad de la marca que no hubiere sido usada en el país.......". Por otra parte, si hubo un acuerdo de palabra con el real dueño de los productos, tu cliente no puede demostrar tal acuerdo. Creo que él que se encuentra en mejor condición de exigir es la otra parte quien también podría aducir que tu cliente registró la marca con un fin especulativo (ponerla a la venta y obtener $$$$). Lee el art. 24.
Tené en cuenta que una marca registrada en nuestro país solo es considerada tal dentro de los limites de Arg. para el exterior no éxiste y debe registrarla en cada uno de los paises que quiere usar (en caso de pretender hacer las cosas bien) porque legalmente no es exigible el registro de marcas.
En cuanto al dominio de internet, si vos no usas la marca y ni siquiera vendes un producto o prestas servicio con ella con que argumento pedirías la baja o traspaso de dicho dominio a nombre de tu cliente???? Realmente no cree que prospere un pedido por el solo hecho de tener la titularidad de la marca.
Esa es mi opinión no significa que sea la única salida. Si fuera mi cliente le diría que lo más aconsejable es intentar sacar algo de dinero en la venta de la marca y no arriesgarse a enfentar un juicio donde las chances de éxito son escasas.
Lee la ley de marcas que tal vez encontras algún otra salida.
Bueno Paulii, todavia tenemos pendiente lo de la oposición. Estaba pensando, podemos formar una sociedad virtual... :lol:, espero serte de ayuda. Saludos
Oli
 #349633  por Paulii
 
Olicam! Millones de gracias! La verdad es que tus comentarios me resultan muy útiles!
Comparto tu opinion, ya que al leer la ley y la jurisprudencia en muchos casos se menciona el tema del uso de la marca cuando se registra!!!
Te agradezco la colaboracion, en serio!

MatisMGN! cuando tenga novedades les cuentos! Gracias!