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 #347458  por maxim
 
Buenas, estoy realizando un curso practico y tengo que responder cual de las siguientes opciones son “”
- Contrato de préstamo de dinero por una entidad bancaria a una empresa comercial.
- El propietario de un automóvil que transporta a personas como servicio de remise, sin organización empresaria
- La emisión de un cheque por el librador a favor de una entidad benéfica
Quería saber sus opiniones
Muchas gracias!
 #347555  por inecita
 
A mi entender todos son actos de comertcio art. 8 inc. 3,4 y en cuanto al transporte si bien no encuadra en el inc. 5, si en el 1, es decir adquirir una cosa mueble para transmitirla.... acordate que transmisión no es aquí sinónimo de venta sino tmabien de locación.- Espero haya sido útil Saludos
 #347589  por CARLOSPATRICIO
 
1) Acto de comercio: Primero por que el deudor (mutuario) es comerciante (empresa comercial). Sino es comercial por otra via ya que todos los actos en los que interviene un banco son siempre comerciales (art 8 inc 3) y por ende se extienden a los no comerciantes, ya que si el acto es de comercio para una de las partes la ley mercantil se aplica a quien no lo es (he aquí nosotros los comerciantes creamos una ley que rige nuestros actos y se la imponemos a quienes no lo son :twisted: :twisted: :twisted: ).-

Art. 7° inc 8 Codigo de Comercio: Si un acto es comercial para una sola de las partes, todos los contrayentes quedan por razón de él, sujetos a la ley mercantil...


2) No es acto de comercio: Por que no encuadra en el inc 5° del articulo 8 que reza... Las empresas de fábricas, comisiones, mandatos comerciales, depósitos o transportes de mercaderías o personas por agua o por tierra;

3) Es un acto de comercio a la luz del inc 4° del art. 8 ...Toda negociación sobre letras de cambio o de plaza, cheques o cualquier otro género de papel endosable o al portador;


Y si no a leer al maestro Fontanarrosa, que no es el fanatico de Rosario Central, creador de Diogenes y el lingera :lol:
 #347922  por inecita
 
Carlos Patricio, te comento que José Ignacio Romero, encuadra el ejemplo dado del transporte en el inc 1 aclarando, como bien lo explicas, que no encuadra en el 5 porque no tiene los elementos para configura empresa. Pero es dicutuble (como todo en derecho) Saludos
 #348018  por inviguiatti
 
inecita escribió:Carlos Patricio, te comento que José Ignacio Romero, encuadra el ejemplo dado del transporte en el inc 1 aclarando, como bien lo explicas, que no encuadra en el 5 porque no tiene los elementos para configura empresa. Pero es dicutuble (como todo en derecho) Saludos
una duda....en el ejemp del transporte,..donde estaria la adquisicion a titulo oneroso?? digo para encuuadrar en inc 1 del art 8 C,Com.
saludos a todos
 #348348  por CARLOSPATRICIO
 
yo estimado amigo inviguiatti agrego a su pregunta.: ¿donde esta la enajenación para la obtención de un lucro, si la cosa mueble adquirida (remise) es utilizado para transportar personas?

Si bien es cierto que en Dcho 1 + 1 no siempre es 2... cuando la ley es tan clara como analizada... ¿por que hay quienes se empecinan en querer hacerle decir a llo que la misma no dice? en el caso para que cualquier acto jurídico caiga bajo el imperio de la ley mercantil, que se yo.... pregunto....




Art. 8°. La ley declara actos de comercio en general:

1° Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre ella, para lucrar con su enajenación, bien sea en el mismo estado que se adquirió o después de darle otra forma de mayor o menor valor;