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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #346913  por hernanjqka
 
Estimados Coelgas:
No hago previsional, pero me tocó con mi suegra así que supongo que muchos entenderán la imporancia de la ayuda que puedan darme, je....

Nacimiento 02/1949.
Es extranjera. Ingreso al país: 09/1976.
Suma 25 años y 5 meses de RRDD : desde 11/07 hasta 10 2007.

Entiendo que debo "comprar" los años faltantes para los 30 (3 años y 7 meses).

1) Compro los inmediatamente posteriores al ingreso al país? con qué beneficio?
2) si alguno me puede dar algún detalle a prueba de improvisados sobre qué ingresar en el SICAM, y de qué manera, lo agradecería mucho.
3) De qué depende el monto de la jubilación?

Gracias desde ya a todos.
ESpero poder sumar al foro en otros ámbitos de nuestra profesión, en los cuales tenga algo que aportar.
 #346945  por MARIO1943
 
[quote="hernanjqka"]Estimados Coelgas:
No hago previsional, pero me tocó con mi suegra así que supongo que muchos entenderán la imporancia de la ayuda que puedan darme, je....

Nacimiento 02/1949.
Es extranjera. Ingreso al país: 09/1976.
Suma 25 años y 5 meses de RRDD : desde 11/07 hasta 10 2007.

Entiendo que debo "comprar" los años faltantes para los 30 (3 años y 7 meses).

1) Compro los inmediatamente posteriores al ingreso al país? con qué beneficio?
2) si alguno me puede dar algún detalle a prueba de improvisados sobre qué ingresar en el SICAM, y de qué manera, lo agradecería mucho.
3) De qué depende el monto de la jubilación?
***************************************************************************************************************
1)EL PERIODO DE RR.DD. HAY UN ERROR NO PUEDE SER DESDE 11/07 HASTA 10/2007
2) TENES 1 MES DE ART. 19 PORQUE EXCEDE LOS 60 AÑOS, A SI QUE TENES QUE COMPRAR
3 AÑOS 6 MESES
3)ESOS 3 AÑOS Y 6 MESES , PONELO EN SIT. DE REVISTA A PARTIR DEL 10/1976,
FIJATE QUE NO SE SUPERPONGA CON LOS PERIODOS DE RR.DD. COMO HAY UN ERROR
EN RR.DD. NO SE PUEDE DETERMINAR SI SE SUPERPONE O NO
4) APLICA BENEFICIO 1 AÑO EN ART. 3 LEY 24476, POR TENER CESE EN EL AÑO 2007
 #346955  por hernanjqka
 
perdón, el período inicial era 10/1982. corrijo abajo:
Nacimiento 02/1949.
Es extranjera. Ingreso al país: 09/1976.
Suma 25 años y 5 meses de RRDD : desde 10/1982 hasta 10/2007.

igual, supongo que sigue aplicando lo que me decís en tu mensaje anterior.
Muchas gracias.
 #346969  por hernanjqka
 
Por favor: si alguien puede, digame cómo cargo el Beneficio de un año según art 3 L 24476. No sé qué período le pongo al SICAM... PErdón por la ignorancia y lo pesado.
Gracias.
 #347046  por ISIS
 
Te conteste en el otro post.
 #347058  por MARIO1943
 
LOS PERIODOS DE RR. DD. SON 25 AÑOS 1 MES, NO 25 AÑOS 5 MESES
ART. 19 TENES 1 MES
TENES QUE HACER MORATORIA POR 4 AÑOS 10 MESES

LA SIT. DE REVISTA LA ARMAS ASI
DESDE 10/1976 HASTA 07/1981 SON 4 AÑOS 10 MESES
ARTIC 3 LEY 24476

DESDE 08/1980 HASTA 07/1981 1 AÑO

CONTROLA BIEN LOS PERIODOS DE RR.DD. DEL 10/82 AL 10/2007, PORQUE
PUEDEN HABER PERIODOS NO TRABAJADOS