Acabo de enterarme al leer esta ley que transcurridos 10 años se puede escriturar definitivamente... AHORA PREGUNTO... si alguien lleva un boleta de compraventa donde dice que la compra es en cuotas y el comprador luego de fallecer la vendedora NO PAGO MAS puede la casa de la tierra igualmente notificarlo para escriturar??????? Constatan ellos que la deuda este saldada o que ??? Alguien me puede decir si este organismo se maneja asi ??????????? Agradezco informacion. Gracias chicos.