Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • redargucion de falsedad

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #346045  por frida2007
 
hola chicos. Alguien me puede brindar su ayuda?
el tema es asì
tengo un cliente que actualmente esta separado de hecho pero el problema es que se quiere divorciar pero resulta que en el acta de matrimonio a la señora le pusieron otro apellido, entonces no se si debo interponer una redargucion de falsedad, o el divorcio con un incidente de redargucion de falsedad. Agradezco su ayuda.
 #347466  por AngelaLucila
 
frida2007 escribió:hola chicos. Alguien me puede brindar su ayuda?
el tema es asì
tengo un cliente que actualmente esta separado de hecho pero el problema es que se quiere divorciar pero resulta que en el acta de matrimonio a la señora le pusieron otro apellido, entonces no se si debo interponer una redargucion de falsedad, o el divorcio con un incidente de redargucion de falsedad. Agradezco su ayuda.
En el Registro Civil de Uruguay al 700 existe una oficina donde con una nota y otro documento con nombre correcto se pide la rectificación sin juicio. Alguna vez lo hice, en primer o segundo piso. Evite un juicio. Averiguate.
 #347721  por frida2007
 
Gracias por responder, pero la cuestion no es tan sencilla atento a que mi cliente esta casado (separado de hecho) con una persona que no le interesa hacer nada al respecto pues ella no esta casada para la ley e, que quedo enganchado es el.
 #348512  por frida2007
 
inicie la rectificacion de partida y me la denegaron porque dicen que la via es la redargucion de falsedad.
 #348884  por mariferzara
 
Hola Frida! fijáte con la respuesta que te dieron para hacer la redargución de falsedad, pr creo que hay algún plazo para interponerlo. Yo alguna vez hice algo de esto con relación a la firma en un acta de notificación, pero al final no lo necesité, así que no lo seguí.- Si te puedo ayudar, decíme.- Saludos
 #349255  por frida2007
 
si hay un plazo que es de 10 dìas pero apartir de que se impugna el acto, atento a que yo no impugno sino que en forma autonoma inicio la redargucion de falsedad, no corren plazos, creo que es asì, cualquier cosa corregime.Gracias