Si de compartir experiencia se trata, te digo que en las udai en que tramito el tema de los Periodos Ingresados sean como relación de Dependencia o Independiente- cuenta propia, los consideran irrelevantes y sin importancia decisiva sobre el trámite. Aducen que cualquier particular, aun los mayores jubilables, pueden sentarse frente a una pc y solicitar el turno. De ahí el poco valor que le dan.
Es interesante la postura del mmm cuando dice:
mmmm escribió: lo que perdes es el retroactivo desde la fecha de envio de sicam o solicitud de turno, es decir cobra retroactivo desde la fecha de inicio
Desde cuándo es el retro: fecha del sicam, envío del plan, solicitud de turno, fecha de inicio???
Para mí la fecha la da el Acuse de Recibo que es cuando enviás el plan; la deuda se consolida al día 1º de ese mes - F159 - y la 1ª cuota vence el mes siguiente.