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 #341747  por mosego
 
Buenos días Colegas,
Quiero consultar un tema y conoce vuestra opinion: En una sucesión de un matrimonio con mucho hijos (10) que uno de los hijos me pidió que iniciara, mi cliente cuenta con cesiones de derechos hereditarios a su favor, de todos los hnos. menos de uno. Al salir declaratoria, obvio, sale por los 10 hijos del matrimonio, que si bien fue declarada su existencia, nunca se presentaron en el expediente. El problema es que sobre ese hijo del matrimonio, hermano de mi cliente, del cual no tiene cesión firmada, desconocemos su paradero. Suponemos que falleció, porque se trata de gente muy mayor. Hay una única propiedad en cuestión, de bajo monto, pero de la cual mi cliente quiere disponer, y a mi no se me ocurre que hacer para, o bien que se lo cite a acepta la herencia (una vez la declaratoria, no creo que se pueda) o initmar de alguna forma para que en el caso de venta, los herederos no se puedan negar??
 #341756  por mosego
 
PD.
Un dato que no aporté, es que uno de los herederos declarados, se encuentra en uso de esa propiedad desde hace más de 20 años. Se podría usucapir, por la parte de "ese" heredero que no aparece???
 #341773  por pachanga
 
Hola te recomiendo que hagas tasar el bien inmueble y en todo caso consignes la parte que le corersponde a ese heredero que esta boyando. Esto para hacerlo rapido y ya. de esta manera ya desinteresas a esa parte y podes disponer del inmueble.
Sino lo citas por edictos al heredero que falta. Y de ultima tenes que iniciar un juicio de ausencia con presuncion de fallecimiento. Por eso lo primero seria lo mas corto y rapido. Suerte
 #341914  por mosego
 
Gracias Pachanga, lo que me decís me sirve, pero tengo algunas dudas:
1. Por quien lo hago tasar?
2. Como sería lo de la consignación? Estaría comprando "judicialmente" la parte del heredero ausente?
3. Cómo lo instrumento?

Muchas gracias por tu ayuda.
 #342426  por pachanga
 
lo haces tasar al bien con alguna inmobiliaria o consultora, ellos te entregarán un certificado de la tasacion. Lo que pasa es que en este caso como heredero podes hacer valer tu derecho de preferencia en la compra del bien y si efectivamente estarias comprando judicialmente. Lo ques si te recomendaria es que hables con el juez y le expongas la situacion, porque no nos olvidemos que en materia sucesoria la decision de la mayoría no obliga a la minoría y te podria requerir el juez que agotes todas las vias para encontrarlo. Pero si como vos decis no tenes idea y nunca aparecio ni nada capaz se autorice. Te diria que lo hagas lo mas rapido posible porque sino te va a llevar muchicimo tiempo hasta que consigas disponer del bien segun lo que te planteen en el juzgado. Mucha Suerte
 #342772  por mosego
 
Gracias otra vez,
Sabés que buscando entre familiares, encontraron un dato que tal vez ayude a encontrar a algún descendiente de ese heredero. El temor de mi cliente, es que ahora ese heredero vea que tiene todo resuelto, y se despache con un precio ridículo, para ceder su parte..

Para hacer lo que me decís, primero tengo que solicitar partición de herencia? o es suficiente con que inscriba las cesiones. Y en el caso de solicitar la partición, es antes o después de las cesiones que tiene mi cliente??

Muchas gracias otra vez.
 #344677  por pachanga
 
inscribi las cesiones directamente y no hagas nada por ubicar al otro heredero. Esto no te lo digo para qeu obres mal o de mala fe sini simplemente porqu en estos casos es muy comun que uno o dos herederos hagan todo y se peleen con todos y cuando ya esta, hanlando mal y pronto, el pasto hachado aparecen a reclamar su parte, ellos in tener en cuenta que quizas tu cliente haya hecho alguna mejora o sea quien se haya encargado en vida de sus ascendientes y demas casos que se pudieron dar. Directamente que haga asi y listo igual como te digo trata de hablar con el juez para ver que es lo que el autoriza. Suerte
 #345182  por mosego
 
Muchas gracias otra vez. Después te cuento que pasó.