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  • Compra inmueble por inmobiliaria que no escrituro

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 #344524  por macevedo
 
Hola, vengo a solicitar la ayuda de todos ustedes por el siguiente caso.
Una señora compro una casa mediante una inmobiliaria, la casa provenía de un remate el cual no se inscribió. La compra se hizo mediante boleto de compraventa con certificación de firmas ante escribano con la promesa de escrituración inmediata.
Lo que sucede es que el testaferro de la inmobiliaria no concurre a firmar para la inscripción en el RPI del remate para luego poder hacer la inscripción a favor de mi cliente.
Que se puede hacer en este caso? A quien debería reclamar primero?
Le envío una carta documento al comprador de subasta intimandolo a que realice la inscripción?
Espero su opiniones, gracias!
 #349312  por DarioLWett
 
Hola, bueno ante todo aclaro que soy estudiante de Derecho, tu caso es habitual por lo que nos dicen los abogados en clase, es muy corriente que alguien compre un inmueble pero que no lo incorpore en el RPI y a su vez este comprador haga disposición del mismo, trasnfiriendolo a un subadquirente, ahora bien: ¿qué podes hacer vos?.

Ante todo vos tenes que reclamar con quien tenes tu relación jurídica, es decir esta señora que COMPRO el inmueble pero que en principio no tendría el dominio del mismo, es decir jurídicamente no es propietaria, a lo sumo será una poseedora legítima del mismo, porque la forma que tiene el ordenamiento jurídico de acreeditar la existencia del derecho real sobre el inmueble es sobre la registración.
Ese boleto de compraventa que usted tiene con esta señora es válido entre ustedes y en principio oponible por estar acreditado por escribano público, pero no es suficiente, es un negocio jurídico insuficiente, puesto que la ley exige la escrituración. Pero bien, si en dicho boleto de compraventa se pacta "la escrituración inmediata", tendrá que intimar a la vendedora del inmueble a que escriture porque, en ese contrato ustedes acuerdan una transferencia de dominio, y esta señora no tiene ningun dominio sobre la cosa porque ella NO APARECE EN EL RPI COMO TITULAR DEL INMUEBLE puesto que no se escrituró. Por lo pronto su derecho sobre la cosa (ius ad rem) esta de cierta manera asegurado, portegido por que usted por lo que cuenta a pagado un monto superior al 25% del valor de la cosa, es de buena fe, y el instrumento es oponible a terceros puesto que intervino escribano, por ende, el código civil ya la protege en principio de posibles "interferencias".
Pero solo le falta la escrituración, creo que tendría que intimar a la vendedora que es la que ASUME EL COMPROMISO DE ESCRITURAR, por ende se entiende que ella TIENE LA PORPIEDAD SOBRE LA COSA, si ella no tiene dicho derecho y se compromete a otorgarlo y luego no lo hace incurre en incumplimiento culposo del contrato, y deberá reparar por daños y perjuicios, un proverbio jurídico dice: "nadie puede alegar su propia torpeza".

Bueno espero que te haya servido de algo, si hay algun abogado que pueda completar la información en caso de que falte algo, por favor hacerlo, GRACIAS!!

Bueno! Suerte!
Darío
Estudiante Universidad Nacional del Sur