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 #343848  por jp11179
 
Hola como les va colegas? Nuevamente me veo necesitado de recurrir a Uds. a fin de evacuar mis dudas dada mi todavia inexperiencia.....
Se me presento este caso que viene bastante complicadito, se trata de una sucesión pero bastante avanzada y no quiero cometer errores.

Paso a comentarles en que estado se encuentra y en orden cronológico: (todavía no me presente)

1- Divorcio (POR CULPA EXCLUSIVA DEL ESPOSO) / Liquidación sociedad conyugal ??? No la pude ver a la fecha pero esta inconclusa pero con reconocimiento de derechos de la mujer
2-La sucesión del marido es iniciada por una hija extramatrimonial RECONOCIDA ( la mujer a esa fecha entendía que no le correspondía nada de la sucesión)
3- Acervo 2 inmuebles 1 automovil
4- Se dicta declaratoria a favor de esa hija
5- Tracto abreviado (aparentemente venden 1 inmueble, todo el dinero se lo queda esa hija)
6-Se presenta la mujer reclamando derechos y se amplia la declaratoria declarandola heredera.

A la fecha su abogado no puede seguir el caso por una grave enfermedad y me pide que patrocine a la señora.

Quedaria un inmueble y el auto.

Ahora bien ej de como pienso yo:

2 inmuebles y el auto
divorcio: gananciales 50% hombre 50% mujer

sucesion: acervo ese 50 %
mujer: 25 %
hija: 25 %

-Esta bien esto? Tengo que reclamar el 75 % de los gananciales??
- Como la mujer tiene derecho sobre el 50 % de los gananciales y la hija se quedo con todo lo de la venta del primer inmueble. Puedo reclamarle que devuelva el dinero a la sucesión???
-El acervo no debia estar compuesto por solo el 50% de los bienes (el otro 50 % no le correspondia ya a la señora por la liquidación conyugal??? Como reclamo ahora??)
- De no ser así, habría que cotizar el acervo actual y pedir compensación para que se equiparen lo percibido y lo que puede llegar a percibir mi representada?

Primero voy a pedir dominio de todo para ver estado de los mismos. Llamo al abogado de la contraparte? hay que particionar??? Estoy complicadoooooo....
 #343948  por eduferry
 
Hola jp: está bastante enroscadito el tema, pero no comparto lo siguiente:
Si es ganancial la señora tiene el 50% del bien porque es la porción indivisa que le corresponde a ella, el 50% del marido es el que debió entrar a la sucesión y hereda unicamente la hija que desplaza al cónyuge.
Si ésta era la situación dificilmente el registro haya anotado la declaratoria H. con el 100% a favor de la hija.
Puede ser y esa duda se despeja con el informe de dominio, que el bien haya sido propio del causante, adquirido antes del matrimonio; o en la división de la soc. conyugal se hayan adjudicado los bienes y él se quedó con la totalidad. Estado inscripto o de ser bien propio entro en la sucesión el 100%.
En caso del bien propio la esposa concurre "por cabeza" con la hija al sucesorio.
Existe también la posibilidad que adquirido siendo soltero y en la sucesión se lo hizo constar también como soltero, logicamente por la DH heredó el 100% la hija y transmitió el bien sin problema.
Todas estas incógnitas se sacan viendo el sucesorio, porque inclusive podría haber hasta un fraude procesal y un informe de dominio. Atte
 #359451  por jp11179
 
eduferry escribió:Hola jp: está bastante enroscadito el tema, pero no comparto lo siguiente:
Si es ganancial la señora tiene el 50% del bien porque es la porción indivisa que le corresponde a ella, el 50% del marido es el que debió entrar a la sucesión y hereda unicamente la hija que desplaza al cónyuge.
Si ésta era la situación dificilmente el registro haya anotado la declaratoria H. con el 100% a favor de la hija.
Puede ser y esa duda se despeja con el informe de dominio, que el bien haya sido propio del causante, adquirido antes del matrimonio; o en la división de la soc. conyugal se hayan adjudicado los bienes y él se quedó con la totalidad. Estado inscripto o de ser bien propio entro en la sucesión el 100%.
En caso del bien propio la esposa concurre "por cabeza" con la hija al sucesorio.
Existe también la posibilidad que adquirido siendo soltero y en la sucesión se lo hizo constar también como soltero, logicamente por la DH heredó el 100% la hija y transmitió el bien sin problema.
Todas estas incógnitas se sacan viendo el sucesorio, porque inclusive podría haber hasta un fraude procesal y un informe de dominio. Atte
Hola! Antes que nada gracias por responder. Estuve reestudiandola la sucesión y efectivamente tenes razón en lo que decis. Siendo los bienes ganaciales solo el 50% le corresponde a mi representada derivada de la sociedad conyugal.
Ahora bien, sabiendo que ya uno de los inmuebles lo enajenaron (aparentemente mi representada dio una autorización de alli que el Registro lo anotó) se puede compensar con el resto de los bienes? Que harias vos?