sete escribió:hola! en un juicio por cobro de alquileres tengo que notificar al garante. Puedo notificarlo a un domicilio distinto al que él constituyó en el contrato? el tema es que el contrato tiene varios años (y el juicio tambien) y yo se fehacientemente que él no vive más en el domicilio que dió en el contrato. O tengo que sí o sí intentar en dicho domicilio por ser constituido a los fines legales???
gracias!
Hola,
Si estuviera en tus zapatos, yo notificaría directamente bajo responsabilidad en el domicilio "actual" y no en el contractual. Te copio resumen de fallo de la Cám. Nac. de Apelaciones referido al tema:
000010873
TEMA: NOTIFICACION. Bajo responsabilidad de la parte.-
La denuncia de domicilio efectuada bajo responsabilidad de la
parte, tendiente a evitar posibles maniobras dilatorias destinadas
a burlar cargas impuestas en providencias que deben notificarse por
cédula, procede ante la solicitud de la interesada, sin exigirse
justificación previa alguna de haber realizado diligencias para
demostrar que la contraria tiene su domicilio en el lugar indicado.
Ello es así, pues cabe suponer que quien asume la responsabilidad
ha tomado sus recaudos y se ha precavido, siendo el principal
interesado en extremar las precauciones a fin de evitar la nulidad
y el pago de las costas.-
FERREIRO, Pablo Bautista c/ GUEDALEVICH SHAYA, Salomón s/ DESALOJO
97/04/08
C. J090169
Civil - Sala J
Espero te sea de utilidad.
Saludos.