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  • camioneros de larga distancia que decreto los rige

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #336259  por CAMI-JUAN
 
Mi clientetiene aportes como chafer en algunos periodos aparece codigo 29 y en otros 00.- Los recibos dicen Conductor de categoria 1ra.- que decreto los rige??? y como se calculan??? incide en la edad para jubilarse? Muchas Gracias
 #336269  por ISIS
 
CAMI-JUAN escribió:Mi clientetiene aportes como chafer en algunos periodos aparece codigo 29 y en otros 00.- Los recibos dicen Conductor de categoria 1ra.- que decreto los rige??? y como se calculan??? incide en la edad para jubilarse? Muchas Gracias
OMNIBUS

Por el art. 1º, inc. d) del dec. 4257/68 (B.O. 2.8.68) el dependiente que trabaje habitualmente como conductor de ómnibus o vehículos de transporte colectivo de personas, en líneas regulares urbanas, interurbanas o de larga distancia se jubila con 55/30 (varones) o 52/ 30 (mujeres).
No está comprendido en esta norma el transporte de escolares (res. 176681 del 18.7.83 C.N.P.), las ambulancias o el transporte médico (res. 189956 del 6.6.84 C.N.P.),el transporte privado de empleados en camionetas (res. 176673 del 18.7.83 C.N.P.) ni el transporte turístico (res. 195606 del 3.10.84 C.N.P.).

Los que tiene codigo 00 son comunes, tenes que hacer un prorrateo con el programita...si pasas datos te lo calculo.
 #336286  por MARIO1943
 
HOLA EL DE OMNIBUS SE REFEFIERE A TRANSPORTE DE PERSONAS EN GENERAL
EL DE CAMIONEROS DE LARGA DISTANCIA ES EL SIGUIENTE
3. TRANSPORTE DE CARGA
Art. 1 ley 20.740 (Sanc. 4.9.74, prom. de hecho, B.O. 30.9.74): "Tendrá derecho a la jubilación ordinaria con 55 años de edad y 25 de servicios el personal en relación, de dependencia que se desempeñe habitualmente en tareas de conducción de vehículos automotores de transporte de cargas en general, urbano, interurbano o de larga distancia". Art. 2: "Tendrán derecho a la jubilación ordinaria con 60 años de edad y 30 de actividad los trabajadores que habitualmente desempeñen en forma autónoma las tareas mencionadas en el artículo anterior."
 #336309  por CAMI-JUAN
 
mi cliente es camionero y los datos son los siguientes.-
Fnacimiento: 12/08/1941
aportes
02/02/1981 29/02/1988 cod 29
02/05/1989 31/12/1992 el recibo dice (decreto 157/89 chofer)
01/10/1993 al 31/08/1997 00
01/09/1997 01/01/1998 00
01/10/1998 30/07/2000 00
10/2000 10/2002 00
02/2003 10/2007 chofer de 1ra categoria dice el recibo de sueldos

autonomos solo 7 meses y no tiene deuda.-
fue presentada el dia 02/11/2007 y me la denegaron con esos datos.-
Mil Gracias
 #336314  por yula
 
Isis: por favor tenés forma de pasarme el programita de prorrateo o decirme como lo puedo conseguir. te lo voy a agradecer mucho, hace un montón que lo quiero conseguir. mi mail es mjcastello(arroba)hotmail.com
 #336546  por ISIS
 
CAMI-JUAN escribió:perdon del 10/2000 al 10/2002 tambien es chofer de 1ra.-
Falta que me digas en que meses y año tiene los 7 de autonomo.
Esta noche tranquila te hago el prorrateo y te contesto, pero pasame ese dato.