Hola foristas: A ver si me pueden dar una mano con este caso.
Se trata de un automotor cuyo titular es una SA. El auto fue inscripto en el año 72. La última novedad en el estatuto de la SA es un aumento de capital en el año 1977. En el domicilio social funciona otra empresa desde ya hace 20 años. No existen rastros de la SA
La única documentación que poseo del vehículo es una fotocopia legalizada del titulo, y un boleto de compraventa firmado por el Director General de la SA en el año 2003, quien falleció en el año 2004. Las firmas de dicho boleto no están certificadas, ni se hizo el 08, ni se entregó la documentación original. Además tengo una cesión de derechos del adquirente hacia mi.
Estoy preparando un juicio de transferencia / cumplimiento de contrato, y me surgieron las siguientes dudas.
1.- ¿Es necesario hacer la denuncia de compra en el Registro de la Propiedad Automotor como una forma de "agotar la vía administrativa"?
2.- ¿Es necesario realizar alguna intimación fehaciente previa a la mediación? (el automotor está radicado en capital federal)
3.- Siendo el vendedor una SA ¿corresponde al fuero civil o al fuero comercial?
4.- ¿Es competente la justicia ordinaria o la federal? Encontré fallos en los cuales se atribuía la competencia a la justicia federal, puesto que se encontraría involucrado el interés nacional en el control del patrimonio automotor y su ubicación. A su vez, también hay fallos que atribuyen la competencia a la justicia ordinaria, en tanto se trata exclusivamente de una contienda entre particulares.
Bueno, por el momento estás son las principales dudas, aunque hay más.
Todas las opiniones y comentarios serán bienvenidas.
Muchas gracias
Se trata de un automotor cuyo titular es una SA. El auto fue inscripto en el año 72. La última novedad en el estatuto de la SA es un aumento de capital en el año 1977. En el domicilio social funciona otra empresa desde ya hace 20 años. No existen rastros de la SA
La única documentación que poseo del vehículo es una fotocopia legalizada del titulo, y un boleto de compraventa firmado por el Director General de la SA en el año 2003, quien falleció en el año 2004. Las firmas de dicho boleto no están certificadas, ni se hizo el 08, ni se entregó la documentación original. Además tengo una cesión de derechos del adquirente hacia mi.
Estoy preparando un juicio de transferencia / cumplimiento de contrato, y me surgieron las siguientes dudas.
1.- ¿Es necesario hacer la denuncia de compra en el Registro de la Propiedad Automotor como una forma de "agotar la vía administrativa"?
2.- ¿Es necesario realizar alguna intimación fehaciente previa a la mediación? (el automotor está radicado en capital federal)
3.- Siendo el vendedor una SA ¿corresponde al fuero civil o al fuero comercial?
4.- ¿Es competente la justicia ordinaria o la federal? Encontré fallos en los cuales se atribuía la competencia a la justicia federal, puesto que se encontraría involucrado el interés nacional en el control del patrimonio automotor y su ubicación. A su vez, también hay fallos que atribuyen la competencia a la justicia ordinaria, en tanto se trata exclusivamente de una contienda entre particulares.
Bueno, por el momento estás son las principales dudas, aunque hay más.
Todas las opiniones y comentarios serán bienvenidas.
Muchas gracias