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  • ayuda! voto de copropietarios

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 #333866  por jessica22
 
buenas dres, tengo una pregunta, la verdad no se mucho de propiedad horizontal. mi consulta es la siguiente, en un edificio de mdq, la empresa personal quiere poner una antena en la terraza y están todos los copropietarios de acuerdo menos una señora. tiene q haber unanimidad? encima ella va a vender por lo tanto no va a estar mas ahi, es decir podrían prescindir de su voto?
bueno espero una respuesta gracias.
 #335511  por gadriana
 
La respuesta te la dará el reglamento de copropiedad y administración y como se tomen las decisiones, si por asamblea, con que quorum y mayorías, allí figura.
Sin embargo fijate bien en el contrato y el encarecimiento de los seguros y otras cosas que podría haber aparejadas en la colocación de esas antenas. Si se altera fachada del edificio, problemas de Responsabilidad civil, mantenimiento. Entrada de personal extraño al edificio y sus seguros (teniendo en cuenta que el beneficiario sea el consorcio), por accidentes que puedan tener en el edificio, temas de seguridad, etc.
 #336189  por jessica22
 
ah ok muchas gracias por la respuesta!!!!!!!!!y si no se llegase a especificar en ese reglamento el caso especifico de la antena, sera q por mayoria nada mas se termine la cuestion?
 #336326  por gadriana
 
jessica22 escribió:ah ok muchas gracias por la respuesta!!!!!!!!!y si no se llegase a especificar en ese reglamento el caso especifico de la antena, sera q por mayoria nada mas se termine la cuestion?
Si no se especificase en el reglamento, vas a la ley de propiedad horizontal y fijate si no altera la fachada y los problemas y responsabilidades que pueden llegar a traer esas antenas que no son pocos.
Tenes que fijarte en el reglamento y en la ley como en un todo, no sólo en cuanto a las mayorías sino a lo que implica dentro del contexto la incorporación de una antena. Si afecta un espacio de terraza destinado a otra cosa etc.
Particularmente soy contraria a las mismas, con diversos argumentos, que no voy a hacer públicos. Atte.
 #336440  por eduferry
 
Jessica: el espacio aéreo y la terraza son partes comunes del edificio y es el consorcio, a través del administrador, quien puede contratar con la empresa y de nada sirve que se pongan de acuerdo los copropietarios individualmente, porque el representante legal es él.
Es el administrador quien debe decidir si quiere la conformidad de la asamblea, sería lo deseable, aunque pocos lo hacen porque argumentan que es un acto de administración dentro de sus facultades y posibilita ingresos al consorcio para paliar sus gastos (aunque la realidad demuestra que no todos los recursos ingresan a las arcas del consorcio ¡¡¡¡¡eehhhh!!!! nos entendemos). Atte.
 #336617  por DAL
 
El administrador no puede dar en locación un bien comun del edificio si no tiene ese destino porque priva al bien del caracter de bien común, por lo menos transitoriamente. REquiere resolucion de asamblea.