Es posible que un telegrama de preaviso y despido a partir del 01/04/09, pueda ser revocado por otro que envian con nueva fehca de despido y preaviso a partir del 15/05/2009? tiene alguan normativa donde se basa?
Art. 234 LCT. Sin acuerdo, no hay retractacion.
Fijate la redaccion de las comunicaciones (particularmente el primero) que puede que este mal redactado, ya que seguramente no se concedio el preaviso. En dicho caso, el trabajador puede rechazar la segunda comunicacion por encontrarse ya extinguida la relacion laboral (dando lugar al reclamo indemnizatorio, con preaviso incluido sino se respeto los plazos).
Salutes!
