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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #335362  por amalfi
 
HOLA FORISTAS:
Estoy haciendo el sicam, de un hombre de 65 años con algunos años en relacion de dependencia, y otros con pagos salteados de autonomos hasta el mes de enero de 2009.
Mi duda es la siguientem, en los beneficios me aparecen el art.1 de la ley 24476; Prescripcion Ley 14.236 y Dto. 1866/06 Transf. de aportes.

Ya prescribi losperiodos que me generaban deuda, ahora mi pregunta es como hago para renunciar a los períodos no prescriptos, no me aparece el art.14 de la ley 25321.
Si alguno me puede dar una mano se los agradecieria
 #335409  por ISIS
 
amalfi escribió:HOLA FORISTAS:
Estoy haciendo el sicam, de un hombre de 65 años con algunos años en relacion de dependencia, y otros con pagos salteados de autonomos hasta el mes de enero de 2009.
Mi duda es la siguientem, en los beneficios me aparecen el art.1 de la ley 24476; Prescripcion Ley 14.236 y Dto. 1866/06 Transf. de aportes.

Ya prescribi losperiodos que me generaban deuda, ahora mi pregunta es como hago para renunciar a los períodos no prescriptos, no me aparece el art.14 de la ley 25321.
Si alguno me puede dar una mano se los agradecieria
El art.14 de la ley 25321 no existe: tiene 2 arts. y el 1 y es el que tenes que utilizar:

LEY 25321

BUENOS AIRES, 13 de Septiembre de 2000

JUBILACIONES-APORTES PREVISIONALES-APORTES DE TRABAJADORES AUTONOMOS-TRABAJADOR AUTONOMO-DEUDA PREVISIONAL

ARTICULO 1º — Los trabajadores que completen los años de servicios y los aportes requeridos para acceder al beneficio jubilatorio de acuerdo a las leyes correspondientes, podrán renunciar a los meses trabajados en calidad de autónomo, que excedieren o hubieren sido simultáneos a dicho período, caducando a tal efecto la deuda exigible por esos lapsos.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
 #336046  por amalfi
 
si tenes razon, al tipear salio el 14 pero es el art.1 de la ley 25321.

Bueno esa opción para renunciar no la tengo cuando despliegolos beneficios, por eso era mi consultar, no se como hacer para renunciarlos
 #336242  por ISIS
 
amalfi escribió:si tenes razon, al tipear salio el 14 pero es el art.1 de la ley 25321.

Bueno esa opción para renunciar no la tengo cuando despliegolos beneficios, por eso era mi consultar, no se como hacer para renunciarlos
Si sale en lasopciones cuando desplegas beneficios.
 #336868  por amalfi
 
isis. al desplegar las opciones las que aparecen son: el art.1 de la ley 24476; Prescripcion Ley 14.236 y Dto. 1866/06 Transf. de aportes. Es por eso que no se como renunciar periodos.
 #336987  por ISIS
 
amalfi escribió:isis. al desplegar las opciones las que aparecen son: el art.1 de la ley 24476; Prescripcion Ley 14.236 y Dto. 1866/06 Transf. de aportes. Es por eso que no se como renunciar periodos.
Amalfi: al desplegar beneficios salen los siguientes:
art.38 ley 24241
art.1 ley 24476
art.3 ley 24476
art.6 ley 24476
art.1 ley 25321
Prescripcion ley 14236
Dec.1866/06

Si haces desplazar la flecha, vas a ver todos estos beneficios que te he transcripto y podes utilizar el que te sea util.
Saludos