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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #335446  por ALEJANDRA VALLADARES
 
consultita:
si YA ACREDITE el ingreso al país con el DNI extranjero que tenía mi clienta, que ahora tiene nuevo DNI porque está naturalizada...
¿¿¿Me pedirán que agregue el certif de migraciones el día del turno???. o por estar ingresado el ADP con la fecha de ingreso ya está listo???.
Pregunto porque hay post medio viejos y por ahí las cosas van cambiando. Además, leía que tardaban hasta 60 días en dárlos. Es tan así?. De ser así voy a tener que rechazar el turno que tengo para el 5 de mayo...
gracias.
 #335466  por hugo2
 
Hola ale, si en el dni figura la fecha de entrada al pais no es necesario el certificado de migraciones.
 #335467  por inesla
 
Ale en el nuevo DNI debe tener la fecha de ingreso y radicación. El Dni viejo lo entregó??? una fotocopia tiene??? si todo es no pedí constancia de ADP y peleá, de ser necesario, un beso
 #335473  por ALEJANDRA VALLADARES
 
es un lío.
La señora está nacionalizada en el año 85, y esa fecha es la que sale en el dni nuevo. No figura fecha de ingreso al país.
Pero tiene el dni viejo, el de extranjera que sí tiene el ingreso en el año 76.
Yo hice una fotocopia del dni viejo, y la hice certificar en anses llevando el dni viejo solamente. Y después hice el adp con esa fotocopia y el dni nuevo, y dejé 2 fotocopias de ambos documentos ahí mismo (porque cuando te ven con 2 DNI en las Udai se espantan...dicen que no podés tenér 2 documentos con una gravedad que no imaginan...
Ahora tengo el adp hecho, figura el dni nuevo (de nacionalizada, con el nùmero 18.xxx.xxx) y el ingreso al paìs en el año 76.
Si ya tengo esto acreditado...IGUAL ME VAN A PEDIR EL CERTIFICADO DE MIGRACIONES??????????????.,
Y DE SER ASI, SABEN ACTUALMENTE CUANTO ESTAN DEMORANDO???? :mrgreen:
 #335476  por hugo2
 
ALEJANDRA VALLADARES escribió:es un lío.
La señora está nacionalizada en el año 85, y esa fecha es la que sale en el dni nuevo. No figura fecha de ingreso al país.
Pero tiene el dni viejo, el de extranjera que sí tiene el ingreso en el año 76.
Yo hice una fotocopia del dni viejo, y la hice certificar en anses llevando el dni viejo solamente. Y después hice el adp con esa fotocopia y el dni nuevo, y dejé 2 fotocopias de ambos documentos ahí mismo (porque cuando te ven con 2 DNI en las Udai se espantan...dicen que no podés tenér 2 documentos con una gravedad que no imaginan...
Ahora tengo el adp hecho, figura el dni nuevo (de nacionalizada, con el nùmero 18.xxx.xxx) y el ingreso al paìs en el año 76.
Si ya tengo esto acreditado...IGUAL ME VAN A PEDIR EL CERTIFICADO DE MIGRACIONES??????????????.,
Y DE SER ASI, SABEN ACTUALMENTE CUANTO ESTAN DEMORANDO???? :mrgreen:
15 dias corridos
 #335484  por abim
 
La diferencia entre uno y otro DNI es que en el de extranjero es el único lugar en que está asentada la FIP. Si acreditó datos con ese, es suficiente. Sólo tendrás que unificar cuiles.
El problema, y he tenido varios, es con los DNI de naturalizados que además no cuentan con cert. de migraciones ni documentación que acredite su FIP. En esos casos el camino posible fue conseguir certificado del juzgado federal donde hizo la carta de ciudadanía > migraciones > ANSeS x ADP
 #335504  por ALEJANDRA VALLADARES
 
GRACIAS ABIM, HUGO, INES.
mañana tengo turno en anses y voy a preguntar si estan acreditados los datos y si dice con que documento. Con eso ya cumplo con la circular 43...
un beso