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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #335440  por lauralavin
 
Hola foristas, ayer me inscribi y me he vuelto adicta con la cantidad de cosas q vengo aprendiendo de previsional, reconozco q soy neofita en el tema y por ello mi consulta puede resultar obvia pero = la hago por las dudas: El caso q tengo es asi ella nacio el 12/05/1948, esta proxima a cumplir 61 años, no tiene ningun aporte en Anses, solo tiene trabajados en provincia 4 años y 4 meses q ya estan reconocidos x IPS.
Como los años aportados son posteriores al 93 no entran dentro del periodo de motatoria, en la moratoria le pongo el periodo desde el 01/06/66 hasta complatar los 30 años. Consultas:
1- En este caso no tengo q comprar años por fuera, solo paga la 1 cuota y luego se la descuentan del haber?, porque tengo dos versiones, una me dijeron q solo paga 1 cuota y otra me dijeron q debe pagar las cuotas segun el vencimiento q tenga c/u.
2- El reconocimiento del IPS, presentando el expediente alcanza para acreditar los años aportados o hay q hacer algun tramite en Anses.
Espero respuestas. Desde ya muchas gracias.
 #336164  por andredark
 
hola laura: mira pagas la primera cuota y le sacas el turno. Tenes que pagar si te demoras en sacarle el turno por alguna razon, entonces si, si te han vencido mas de una cuota tenes q estar al dia. Pero si le haces la moratoria la 1 er cuota te vence al mes siguiente asi que no tendrias problemas.
y con respecto al reconocimiento , solo tenes que llevar el expte de reco. Te deseo suerte.
 #336409  por lauralavin
 
Gracias por la respuesta. Estamos online..... :mrgreen:
 #336447  por yami
 
pero fijate que cantidad de años tiene bajo RRDD, porque a la moratoria no vas por 30 años, vas por 30, menos esos de RRDD, previo a descontar el exceso de edad......
 #337396  por lauralavin
 
Hola Yami, a ver si entendi bien, en situación de revista pongo desde el 1/6/66 (mes sigte al q cumplio 18 años) hasta el 1/9/91, o sea 25 años y 3 meses, en el sicam pongo solo eso??????
Los 5 meses x exceso de edad del art. 19 no los menciono.
Y los 4 años 4 meses trabajados en provincia tampoco los computo en el sicam, los acredito con el expediente el día del turno.
Beneficio de DDJJ no tengo porq el cese es en 2008.
Esto es correcto???????
Agradeceré las opiniones q crean convenientes...estamos online....
Muchas gracias