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  • cesion de posesion

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 #333118  por luca
 
Mi cliente le compro la posesion a una persona que esta terminando el juicio de usucapión (ya esta para sentencia), me conviene ver a un escribano para que haga una cesion de derechos posesorios y presentarla en la usucapión para que la sentencia salga directamente a favor de mi cliente?
 #333179  por Mordisco
 
luca escribió:Mi cliente le compro la posesion a una persona que esta terminando el juicio de usucapión (ya esta para sentencia), me conviene ver a un escribano para que haga una cesion de derechos posesorios y presentarla en la usucapión para que la sentencia salga directamente a favor de mi cliente?
Lucas, si o si la cesión de derechos posesorios habiendose iniciado el juicio de usucapión se debe hacer por escritura publica, al tratarse de una cesion de derechos litigiosos.
 #333180  por Mordisco
 
USUCAPION - PRUEBA.

La cesión de derechos posesorios puede hacerse válidamente por instrumento privado. No se opone el art. 1455 del Código Civil si se la hizo antes de promoverse la demanda por usucapion, pués no versa por tanto sobre acciones o derechos litigiosos.- Tampoco obsta el art. 1184 inc.1º, que sólo exige escritura pública para los contratos cuyo objeto sea el traspaso de los derechos reales taxativamente enumerados por el art. 2593, entre los que no se encuentra la posesión

CCI Art. 1455 ; CCI Art. 1184 Inc. 1 ; CCI Art. 2593

CC0000 JU 34813 RSD-214-41 S 6-7-00, Juez BRIGNARDELLO (MA)
Armentano José Luis c/ Faisal Julio s/ Usucapion
MAG. VOTANTES: MITCHELL-BRIGNARDELLO-VENINI
 #333437  por luca
 
barbaro, gracias! Entonces hago hacer la escritura y la presento en el expediente no?
 #333534  por Catita_1
 
Tal cual te comenta Mordisco, asi es.