Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • FALSO ABOGADO

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #331661  por doc07
 
Buenos dias colegas, quisiera saber si me pueden orientar para realizar una denuncia sobre una persona que se hace llamar abogado. No falsifica la matricula ni el titulo, pero tienen montado un pseudo estudio juridico y atiende clientes bajo ese falso titulo. La clienta quiere realizar la denuncia anonima porque tiene miedo obviamente de algun tipo de consecuencia en su contra. Me pueden ayudar? Muchas gracias.
 #331666  por abogado1987
 
doc07 escribió:Buenos dias colegas, quisiera saber si me pueden orientar para realizar una denuncia sobre una persona que se hace llamar abogado. No falsifica la matricula ni el titulo, pero tienen montado un pseudo estudio juridico y atiende clientes bajo ese falso titulo. La clienta quiere realizar la denuncia anonima porque tiene miedo obviamente de algun tipo de consecuencia en su contra. Me pueden ayudar? Muchas gracias.
doc, tené presente que ...

LEY 5.177 EJERCICIO Y REGLAMENTACION
DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR
ARTICULO 19°: Los Colegios de Abogados Departamentales, tendrán las siguientes funciones:
....
12 - Oponerse al ejercicio ilegal de la abogacía y de la procuración y denunciar a quien lo hiciere.
 #331673  por abogado1987
 
en ciudad de Buenos Aires

"En silencio y de manera constante la Comisión de Vigilancia realiza un fuerte trabajo con el objetivo de defender
el ejercicio de nuestra profesión. Abogados “truchos” y matrículas apócrifas son sólo algunos de los temas que
aborda. Su presidenta, la doctora Adriana Donato nos detalla las áreas de incumbencia y nos pone al corriente de
los proyectos más destacados de su gestión."

"¿A través de qué vías reciben denuncias?
Nos llegan acusaciones de particulares y de abogados. También
iniciamos expedientes a partir de las comunicaciones que
normalmente realizan los distintos Juzgados y Tribunales o
investigamos de oficio ante cualquier indicio de ejercicio ilegal
de la profesión."

http://www.cpacf.org.ar/revista/abogados97.pdf
 #331738  por DrRodrigo
 
doc07 escribió:Buenos dias colegas, quisiera saber si me pueden orientar para realizar una denuncia sobre una persona que se hace llamar abogado. No falsifica la matricula ni el titulo, pero tienen montado un pseudo estudio juridico y atiende clientes bajo ese falso titulo. La clienta quiere realizar la denuncia anonima porque tiene miedo obviamente de algun tipo de consecuencia en su contra. Me pueden ayudar? Muchas gracias.

Lo que no me queda claro es como te consta que es falso. Saludos.
 #331794  por mfrinland
 
Denuncia ante el Colegio del domicilio del supuesto abogado e independientemente si tu cliente sufrio algun perjuicio deberas iniciar la correspondiente denuncia y/o demanda.
 #331897  por abogado1987
 
Origen de sus funciones
La ley 23.187, por medio de su artículo 21, inciso b), establece a la Comisión de Vigilancia como órgano permanente, integrada por los miembros del Consejo Directivo que anualmente se designen, teniendo entre sus funciones el velar para que la abogacía no sea ejercida por personas carentes de títulos o por abogados sin matricula o cualquier otro tipo de irregularidad relacionada con el ejercicio de la profesión en el ámbito de ésta jurisdicción; defendiendo las incumbencias del abogado matriculado, para que las mismas no sean ejercidas por otros profesionales.

Temática de su competencia
1) Actuación de abogados en forma irregular:
- Actuación de abogados con su matrícula inhabilitada (que no se encuentren contempladas por las excepciones del artículo 4° de la Ley 23.187);
- Actuación de abogados pertenecientes a otra jurisdicción, intentando en algunos casos, apelar a los denominados: 'Decretos Desregulatorios' -sobre los cuales el Colegio Público ha obtenido un Fallo a favor ante la C.S.J.N. en relación a la invalidez de los mismos frente a la Ley 23.187 y demás normas relacionadas-; procurando intervenir en estos últimos casos en defensa de la vigencia de la Ley de Colegiación y por ende de nuestra matrícula como única habilitación para el ejercicio profesional en esta jurisdicción (a excepción de los casos contemplados por el artículo 2° de la Ley 23.187);
- Actuación de abogados extranjeros no matriculados

2) Publicidad de Estudios Jurídicos sin mención de sus titulares:
Procediéndose a verificar que los mismos se encuentren conformados por abogados matriculados y no por personas carentes de título profesional, procurando evitar así el ejercicio profesional irregular, o por parte de profesionales que no se encuentran inscriptos ante nuestro Registro, y por ende no están habilitados para actuar en ésta jurisdicción;

3) Casos de posible usurpación de un Tomo y Folio correspondiente a nuestro registro:
Procediéndose a verificarse por diversos medios la causal de dicha situación, ya sea que la misma fuera originada mediante:
a) Confusión del Registro o de las siglas jurisdiccionales;
b) utilización intencionada de un Registro ajeno por profesionales de otra jurisdicción para intentar validar sus intervenciones o;
c) su utilización por una persona carente de título de abogado, bajo cualquiera de los supuestos descriptos en el punto 4)

4) Casos de usurpación de Títulos v Honores:
Actuación de no abogados en actos propios de la profesión: ya sea que ocurra como una invasión intencionada a las incumbencias profesionales por parte de un profesional ajeno a la abogacía o en aquellos casos que intervienen personas carentes de título profesional alguno;
Falsificación de Títulos Universitarios: como modalidad para la captación de clientes y ejercicio como abogado por personas carentes de tal grado académico;
Casos de Sociedades Anónimas: integradas por no abogados y creadas para la gestión de juicios o realizar demás actos propios de un letrado;
4.4) Intervenci6n de un no abogado en mediaciones: realizando actos profesionales y/o acreditándose como tal cuando en realidad no lo es.-

De encontrarse ante una situación que se ajuste presumiblemente a cualquiera de estas situaciones, favor de comunicarse con nuestra Oficina o iniciar una causa mediante la remisión de nota comunicando tal situación y acompañando todos los elementos de prueba que tenga en su poder; permitiendo así el inicio de las investigaciones para determinar las acciones que por parte de éste Colegio corresponden según el caso.

Contacto
La Oficina de Comisión de Vigilancia está ubicada
en la sede de
Av. Corrientes 1455, piso 5°.

Tel: 4379-8700,
interno 412
E-mail: PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".org.ar

Link http://www.cpacf.org.ar/default.asp?got ... oticia=273