El tema es el siguiente: tengo un juicio por cobro de expensas, ya estaba empezado, la duda surge de: se trabo embargo con fecha 12/06/2003, con fecha 28/03/2005 se convierte en ejecutivo ese embargo y se inscribe.- pregunta ¿esta conversión que se inscribió produce la ampliación del plazo de vencimiento de la medida cautelar? ¿Ósea 5 años a partir de la misma o sigue el plazo desde la primera fecha, en tal caso ya caduco?.
Actualmente solicite ampliación de embargo y el proveído dice trábese embargo ejecutivo…….no dice ampliación.-
Desde ya muchas gracias.-
Actualmente solicite ampliación de embargo y el proveído dice trábese embargo ejecutivo…….no dice ampliación.-
Desde ya muchas gracias.-