Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Ayuda Nadie me respondio a Accidente en practica deportiva

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #327032  por mariasoledadgaspari
 
Hola a todos! le comento mi duda: ayer vino a consultarme una persona que se accidento jugando al basquet en un club, durante una practica. El juega solo por hobbie y es socio de dicho club. El accidente no sucedio en el marco de una cmpetencia, era solo una practica. Esta persona jugando se cayo y se fracturo su pierna y se dirigio por sus propios medios a una clinica y su obra social costeo todo el gasto de operacion etc. Mi duda es la ss: que responsabilidad tiene el club? se podria iniciar algun tipo de daños y perjuicios??
La verdad yo estoy un pco desorientada ya que se q si hubiera sido dentro de una competencia cabria inicar una dda de daños.
Gracias x su ayuda!!mariasoledadgaspari
Miembro

Posts: 72
Registrado: Jue Ene 17, 2008 9:42 pm
Mensaje privado
 #327115  por mariasoledadgaspari
 
Gracias x responder!!!! la verdad q estoy un poco perdida pero nose como encuadrarlo en el 1113.
El tema del seguro es otra cosa que pense.... es decir manadar una carta documento intimando a q denuncien la compañia aseguradora para hacer la denucnia ante la misma y ver si cubre algo.
Graciassssssssssssssssssss
 #327169  por mariasoledadgaspari
 
Es cierto DAL, x eso no veia la forma de encuadralo en el 1113 x q no hay cosa riesgosa.. el jugador se cayo arriba de otro y eso es tipico del riego de realizar tal actividad deportiva... Por esa razon consulte x q no veia de q forma el club podia llegar a ser responsable.
Ahora con el tema de los seguros que contrata un club, quizas vos tenes idea, yo se q algunos clubes contratan seguros para el caso de accidentes, nose si sera obligatrio.. y en caso de ser asi la compaññia deberia costear al menos los gastos de farmacia etc.
Que me recomendas que haga?
Gracias a todos por la rta!!!!!!!!!!!!!!!
 #327195  por silvia pinar
 
Averigua que compañia de seguros tiene el club , cuando sepas , nose cual es el departamento judicial que estas actuando , presenta un reclamo extrajuducial ante esa compañia de seguros , es lo que yo hago antes de intentar la accion de daños , si te hace falta yo te envio por tu correo un modelo , ponete en contacto en privado y yo te digo los pasos ( porque cada compañia tiene una manera distinta de proceder ) .
 #327251  por DAL
 
Para responsabilizar al otro jugador deberías probar que la juegada fue en falta, y no un avatar propio del juego.
El seguro cubre la responsabilidad del club, si no hay responsabilidad no hay cobertura.
 #327329  por aleuba76
 
Hola
Lo único que se me ocurre para que en una de eeesas pueda llegar a haber algún tipo de responsabilidad, es que tu cliente integre el equipo representativo del Club a nivel competetivo, y el accidente haya sido entrenando para ese equipo.
Ahora... si tu cliente alquiló la cancha con otros amigos o se encontraba jugando al basket por hobby, y se le cayó otro arriba, no existe ningún tipo de responsabilidad.
Distinto sería el caso si se resbala porque la cancha estaba mojada, o el piso se encontraba en condiciones.
Es mi humilde opinión.
Saludos
Ale
 #327330  por aleuba76
 
aleuba76 escribió:o el piso NO se encontraba en condiciones.
PD: Si le pasó como al muchacho de camiseta argentina de mi avatar, ya es otro cosa!! :lol:
 #329072  por Norri
 
Ojo con el 1113. Hace muchos años yo trabajaba en un estudio que demandó al club por la lesión de un futbolista profesional, con base en el 1113. Era un juicio laboral (se trata de un club de primera división), con todas las facilidades que ello supone para el actor. El Tribunal del Trabajo le hizo lugar, pero luego se cayó en la Corte (de la Pcia. de Bs. As.) porque no había cosa riesgosa.
Como tu cliente, fracturado, se dirigió por sus propios medios a la clínica, cabría analizar la posibilidad de que por esa omisión el club sí fuera responsable.
Saludos
Norri
 #329425  por ykmnoeste
 
estimada, coincido con todos en que el 1113 cc no es aplicable, y agrego que es un ¨riesgo permitido¨por el deporte....esto es que exisitiendo la posibildad de producción del resultado quien lo practica es consciente de las posibilidades.....por lo que sufrido un accidente aun cuando hubiera un presunto culpable no podria imputarsele sino una falta de caracter profesional al reglamento del deporte... deslingando responsabilidades civiles y penales para el que causare el accidente.

te digo todo esto porque tuve un rugbier aficionado que se fracturó la clavicula en un scrown en un partido amateur y queria demandar por lesiones en sede penal a los supuestos causantes, cosa que le aconseje que no haga por estas razones, ya que podria devenir en daño moral atento el riesgo permitido del deporte y que por supuesto no hizo...

saludos