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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #328229  por AIA
 
EN ANSES ME DIJERON QUE PARA UN RTI NO ESTAN TOMANDO SDM ES DECIR SI O SI TE RECHAZAN...POR LO TANTO AQUEL QUE NO REUNA LOS AÑOS DE APORTES PARA LOGRAR REGULARIDAD ESTA EN EL HORNO!!!....ALQUIEN SABE UNA SOLUCION PARA ESTO???......SALUDOS
AIA.- :idea:
 #328369  por MARIO1943
 
HOLA EMPEZAS A PAGAR SDM A PARTIR DE ABRIL SDEL 2009 POR MARZO DEL 2009 EN TIEMPO Y FORMA EN F. 102 Y F. 575 ,COMO TRABAJADOR INDEPENDIENTE DURANTE 18 MESES, DEPOSITANDO DEL 1 AL 10 DE CADA MES
 #328436  por liliana1
 
tengo una duda respecto este tema, si es mujer, tiene 60 años y una enfermedad terminal, para poder hacer RTI, (no tiene aportes), le conviene pagar los años de servicios quie le faltan como servicio domestico y hace jub. ordinaria, o que otra opción tiene para hacer RTI si no tiene aportes?????
 #328451  por fito657
 
hola AIA y Mario: en los casos de RTI y pensiones ta van a pedir pruebas de la relación de dependencia (obviamente la dependencia del regimen simplificado de la 25231) sobre todo despues del fallecimiento y de la invalidez por lo tanto deberias pagar el monto de las 16 horas correspondiente a periodo que pagás. en el anexo pones 4 horas 4 veces por semana y hacete firmar los 102 por el dador (lo de la libreta es imposible porque en la practica no se usa más), con esto tiene que andar.
 #328476  por fito657
 
Liliana: le conviene adquirir la condición de aportante regular o irregular con derecho y usar moratoria. Pagar sdm como vos decis le va a salir carisimo.
 #328531  por MARIO1943
 
fito657 escribió:hola AIA y Mario: en los casos de RTI y pensiones ta van a pedir pruebas de la relación de dependencia (obviamente la dependencia del regimen simplificado de la 25231) sobre todo despues del fallecimiento y de la invalidez por lo tanto deberias pagar el monto de las 16 horas correspondiente a periodo que pagás. en el anexo pones 4 horas 4 veces por semana y hacete firmar los 102 por el dador (lo de la libreta es imposible porque en la practica no se usa más), con esto tiene que andar.

hola fiTo lee bien la circular 57/08 con respecto a rti , LO ESPECIFICA MUY BIEN NO NECESITAS EMPLEADOR SOLO PAGAR EN TIEMPO Y FORMA, SON TRABAJADORES INDEPENDIENTES , LO QUE VOS DECIS ES PARA PAGOS EXTEMPORANEO CON EMPLEADOR QUE TAMBIEN LO ESPECIFICA MU BIEN LA CIRCULAR
 #328580  por fito657
 
ok Mario, me refería a pagos extemporaneos.
 #328670  por MARIO1943
 
fito657 escribió:ok Mario, me refería a pagos extemporaneos.
FITO PERO VOS TE REFERISTES A MI COMENTARIO YO ESTABA HABLANDO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTE Y NO DE PAGOS EXTRAORDINARIOS, QUE SON LOS DE RR.DD
UN ABRAZO