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 #325273  por Fede_83
 
Colegas, se me plantearon algunos inconveniente. Una sucesion que parecia facil se me entro a complicar.
Les paso a contar:

Patrimonio: 1 inmueble
Herederos: conyuge, 4 hijos, uno de los cuales fallecio, por lo que heredarian sus 3 hijos (nietos del causante). Es decir, conyuge, 3 hijos (ya que uno fallecio), y 3 nietos en calidad de representacion.

Dudas:
-Los 3 nietos, son menores de edad. Como juega eso en la sucesion?
-No hay sucesion iniciada respecto de los 3 nietos (con respecto a su padre fallecido). Es requisito iniciarla?

Muchas gracias por su ayuda!
 #325302  por mafeci11
 
los 3 nietos menores deberian presentarse en la sucesion, representados por la mama o por la persona que este a cargo de los mismos. Es decir A (mamá) en representacion de mis 3 hijos (BCyD). Acredita el fallciemiento del padre de los mismos con el certificado de defuncion... y yo creo que te van a pedir la DH de este ultimo... presentalos con la representacion de la mama y el certif de defuncion, pero creo que deberias tener DH...
 #325346  por estudiojuridicoGA
 
Coincido con mi colega deben presentarse representados por su mama pero seguramente te pediran la sucesion de su papa toda vez que los menores deben acreditar la calidad de herederos mas alla que en su partida de nacimiento figuren como hijos del prefallecido ya que podrian existir otros herederos que no sabemos.
 #325413  por Fede_83
 
Muchas Gracias Colegas!

Fueron re contra claros!

Abrazo grande
 #325416  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola. Con respecto a la necesidad de iniciar la sucesión o no, en el caso que planteás, sé que hay divergencias al respecto, y por lo tanto, tribunales con distinto criterio. Busco algo al respecto y te contesto. Saludos.
 #325820  por luca
 
Si el hijo falleció antes que el padre no hace falta hacer sucesión, ya que los nietos heredan por el derecho de representación. Caso contrario, si falleció despues, debe hacerse la sucesión. Pero las podes hacer a las dos juntas, padre e hijo. Suerte!
 #326245  por Indigo79
 
Estimados colegas, yo tambien tengo algunas dudas sobre un sucesorio.. mi duda es la siguiente:
- El causante se encontraba inhibido personalmente. Aun cuando luego de la inscripción de la inhibición ingresaron bienes a su patrimonio el acreedor del causante no solicitó el embargo de los bienes, sino que la inhibición continuó. El juicio por el cual se lo inhibió personalmente está abierto.
Pregunta:
En la denuncia de bienes tengo que denunciar esa deuda y solicitar que se agregue el Expte. iniciado contra el causante, por el fuero de atracción? y solicito el levantamiento de la inhibición??...
O Hago la denuncia de bienes y continuo con los trámites normalmente hasta la inscripción de las hijuelas a nombre de los herederos? (a la espera de que los acreedores se presenten y se opongan y salte solo el tema de la inhibicion????).
A la espera de respuestas. Muchas gracias. Saludos.