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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #324340  por marcotulio
 
hola a todos, me pueden ayudar por favor ,me llego una clienta para que le haga su jubilacion , ya he realizado una jubilacion con sicam pero no tenia ningun aporte por lo que resulto no tan complicado, pero ahora tengo algunas dudas ya que esta mujer a aportado. el tema es asi
mujer nacida el 21/07/1948 trabajo como autonoma en los periodos10/95 a 02/99 y 03/99 a 06/2004 y desde07/2004 a la fecha como monotributista. quiere dar la baja y jubilarse ya que le da la edad. mi pregunta es la siguiente:

1) esos periodos aportados como autonoma y monotributista no entran en la moratoria de la 24476 verdad?
2) de no entrar que debo hacer renunciar a ellos, debo pagar lo que se debe? tiene una deuda de 6.000 + o -
3) en su situacion de revista figura desde 07/2004 hasta 03/2009 y lo de autonomo no figura , debo poner otra sit. de rev?
que me aconsejan hacer!
espero que me puedan ayudar, asi le puedo dar una mano a esta mujer ya que realmente lo necesita . muchas gracias a todos ud
 #324473  por Anita5
 
Hola marcotulio, si la sra. tiene pagos los aportes autónomos y no figuran, tenes que ir a la afip correspodiente al domicilio y pedir que te carguen el nº de cuenta autónomos al nº de cuil para que aparezcan los pagos. Primero fíjate en la pagina de anses, autopista de servicios, padrón historico autónomos, el nº de cuenta.Tenes que imprimir la hoja para presentarla en la afip.Cuando aparezcan los pagos, cargas esos años en la situación de revista, lo mismo haces con los del monotributo, los que te tienen deuda lo podes prescribir, calculas, y lo que te falte para los 30 años los compras por la 24476 en los años que no tenga aportes.
Espero que te sirva.
Anita5
 #324760  por marcotulio
 
muchas gracias anita5 ! entonces, es decir que esa deuda no la paga?, la señora me decia que si es necesario ella renuncia a todo lo aportado para no tener problemas , tambien me dijo que tiene un año en relacion de dependencia, esto se puede hacer, es decir renunciar a los aportes? no me parece lo mas adecuado verdad?
 #324861  por DRA.SIL
 
Marcotulio tenes que llenar el f.460 para cargar N° de cuenta.En la página de afip-formularios lo podes bajar,es para personas físicas en tu caso.-
Saludos.-
 #324969  por ALEJANDRA VALLADARES
 
a ver...
al punto 1. NO ENTRAN EN LA MORATORIA, PERO SI VAN EN SIT DE REVISTA...el tema es que al liquidar y consultar detalle de deuda lo que no entra en moratoria debe dar cero.
al punto 2. PRACTICA UNA LIQUIDACION CON TODA LA SITUACION DE REVISTA, LA QUE ENTRA EN MORATORIA Y LOS PERIODOS QUE TRABAJO COMO AUTONOMA TAMBIEN. SI ESTOS PERIODOS al liquidar TIENEN DEUDA, SEGURO SERAN INTERESES. POR AHI TE CONVIENE CANCELARLOS, O SI TIENEN DEUDA MUY ALTA TE CONVENDRA RENUNCIARLOS. RECORDA QUE LA FECHA DEL ULTIMO PAGO EFECTIVAMENTE REALIZADO MARCARÁ LOS AÑOS DE DECLARACION JURADA QUE TOMARAS.
al punto 3. como te dijeron, anda con los tikets de pago y hace en afip un f. 460 para que ingresen los pagos en sit de revista. yo creo que si esta todo pago en término y no generan intereses en los períodos autónomos tenes varios meses a favor...que no pagarías.
SALUDOS. alejandra

quote="marcotulio"]hola a todos, me pueden ayudar por favor ,me llego una clienta para que le haga su jubilacion , ya he realizado una jubilacion con sicam pero no tenia ningun aporte por lo que resulto no tan complicado, pero ahora tengo algunas dudas ya que esta mujer a aportado. el tema es asi
mujer nacida el 21/07/1948 trabajo como autonoma en los periodos10/95 a 02/99 y 03/99 a 06/2004 y desde07/2004 a la fecha como monotributista. quiere dar la baja y jubilarse ya que le da la edad. mi pregunta es la siguiente:

1) esos periodos aportados como autonoma y monotributista no entran en la moratoria de la 24476 verdad?
2) de no entrar que debo hacer renunciar a ellos, debo pagar lo que se debe? tiene una deuda de 6.000 + o -
3) en su situacion de revista figura desde 07/2004 hasta 03/2009 y lo de autonomo no figura , debo poner otra sit. de rev?
que me aconsejan hacer!
espero que me puedan ayudar, asi le puedo dar una mano a esta mujer ya que realmente lo necesita . muchas gracias a todos ud[/quote]
 #328969  por MARIO1943
 
marcotulio escribió:hola a todos, me pueden ayudar por favor ,me llego una clienta para que le haga su jubilacion , ya he realizado una jubilacion con sicam pero no tenia ningun aporte por lo que resulto no tan complicado, pero ahora tengo algunas dudas ya que esta mujer a aportado. el tema es asi
mujer nacida el 21/07/1948 trabajo como autonoma en los periodos10/95 a 02/99 y 03/99 a 06/2004 y desde07/2004 a la fecha como monotributista. quiere dar la baja y jubilarse ya que le da la edad. mi pregunta es la siguiente:

1) esos periodos aportados como autonoma y monotributista no entran en la moratoria de la 24476 verdad?
2) de no entrar que debo hacer renunciar a ellos, debo pagar lo que se debe? tiene una deuda de 6.000 + o -
3) en su situacion de revista figura desde 07/2004 hasta 03/2009 y lo de autonomo no figura , debo poner otra sit. de rev?
que me aconsejan hacer!
espero que me puedan ayudar, asi le puedo dar una mano a esta mujer ya que realmente lo necesita . muchas gracias a todos ud
HOLA
VOS PODES AUTODECLARAR EN SIT. DE REVISTA HASTA EL 06/2004, A PARTIR DEL 7/2004 YA ESTA CARGADO EN FORMA AUTOMATICA POR EL SISTEMA, NO LO PODES MODIFICAR NI BORRAR PORQUE EL SISTEMA NO TE LO PERMITE, AHORA BIEN, TODOS LOS PERIODOS QUE FIGURAN EN DATOS PERSONALES, PRESCRIPTO
O NO PRESCRIPTO, PAGOS O IMPAGOS,ANTERIORES AL 7/2004 LO TENES, LO TENES QUE CARGAR MANUALMENTE EN SIT. DE REVISTAS, ESO IRIA TODO EN SICAM
1 MAS EL PERIODO CORRESPONDIENTE AL ARTIC. 3, LO QUE TE FALTE YA QUE VA A SER ANTES DEL 10/95, AMPLIAS PERIODOS O SE LO PONES EN SICAM 2
EN AMPLIACION DE SIT. DE REVISTA

TODO LO QUE EXCEDA DEL PERIODO 9/1993 HASTA SEGUN VOS HASTA LA FECHA, LOS PERIODOS IMPAGOS LOS RENUNCIAS EN SIT, DE REVISTA, EN BENEFICIO
PONIENDO ART.1 LEY 2531
SI TENES PERIODOS PAGOS DESPUES DEL 09/1993 TE VAN A SERVIR PARA PARA COMPRAR MENOS PERIODOS DE SDM
LIQUIDAS Y TE VAS A DETALLE E DEUDA , TE FIJAS QUE NO TE QUEDE DEUDA DESPUES DEL 09/93, PORQUE PUEDEN APARECER DEUDAS DE PERIODOS PAGOS
FUERE DE TERMINOS, QUE SERIAN LOS INTERESES RESARCITORIOS, SI SON LOS INTERESES ALTOS LOS RENUNCIAS Y SIN CENTAVOS O PESOS INSIGNIFICANTES
LOS PAGAS CON FORMULARIOS DE LA AFIP
 #332638  por marcotulio
 
mario1943 muchisimas gracias por responder, te pregunto, esos periodos prescriptos que vos decis donde debe figurar? porque yo en la pag de afip saque en( cuenta corriente monot y auton) "historico de categorias " y ahi figura asi: periodos prescriptos , categoria B desde 10/95 a 2/99 actividad 235 tipo de contribuyente Autonomo. y PERIODO NO prescripto categoria B desde 03/99 hasta 6/2004 actividad 235 autonomo . monotributo impositivo desde 7/2004 a 05/2008
10 monotributo previsional- trabajador activo desde 07/2004 hasta -------- ( no dise nada)
c monotributo impositivo desde 6/2008 hasta ---------( no dise nada)

agradeceria mucho si me podes informar un poco ya que lo veo medio complicado.
 #332774  por ALEJANDRA VALLADARES
 
yo armaría así:
situacion de revista en lo que llaman sicam 1, lo que tiene en datos pers:
10/95 a 2/99 categoria costurera (cambialo, no hay problemas). es su período autónomo. acá me da 3 años 5 meses.
y 7/2004 a 3/2009 categoria monotributo. acá me da 4 años 9 meses.
y aplicá el beneficio de renuncia por la 21...no recuerdo el número completo, desde el 6/2008 a 03/2009 porque según decís aparenta estar pagando solo la parte impositiva,no la previsional, por lo cual te va a aparecer con deuda.quedan 3 años 11 meses.
Y en sicam 2 lo que vas a comprar por moratoria: Estarias necesitando unos 21 años 10 meses para llegar a los 30años: yo tomé por ej. 08/66 a 03/89
Liquidá así la primer parte, ya que no tenés declaración jurada porque cesa en 2009 (salvo que no tenga pagos los últimos 2 o 3 años y podés tomar como fecha de cese el último pago efectivo, sino no tiene ddjj) y no podés aplicar beneficios de renuncia o prescripción hasta chequear que sale con deuda en DETALLE DE DEUDA.
Entonces liquidá y fijate: que cantidad de años de aportes tenés en la primera parte. a eso sumale mentalmente el período que comprás (21 a 10 m). y fijate haber conseguido los 30 años que necesitas.
Después chequeá detalle de deuda: si algunos períodos tienen mucha deuda, los podés renunciar o prescribir según lo que te digo ahora.y ampliar la moratoria obviamente, o te van a faltar esos aportes.

los períodos prescriptos hace referencia a que no te los pueden reclamar, pero si los necesitas podés incluirlos en la moratoria y pagarlos, o pagar la deuda con los intereses si no entran en moratoria. Si no los necesitás, y tienen deuda, usas el beneficio de la ley de prescripción y te los va a llevar a cero deuda.
Los que no están prescriptos te los pueden exigir en algún momento, y si al liquidar deuda tienen deuda, tenés que renunciarlos por la ley 213...(perdón, me olvidé el número...te lo paso luego si lo necesitas por mp).

-en monotributo aparece 07/2004 y luego no dice nada porque no ceso en la activ todavia.
-c monotributo impositivo desde 6/2008 hasta ---------( no dice nada) : que raro, desde 6/2008 hasta ahora parece estar abonando la parte impositiva solamente. Chequealo en los tikets. de ser así no los consideres aportes porque no van a aparecer pagos, sino con deuda. Te conviene renunciarlos.

que lío. mucha información pero intento que aprendas a hacerlo y lo entiendas.
Un beso. alejandra
 #332790  por marcotulio
 
desde ya alejandra mil gracias por tu tiempo, voy a tratar de hacer lo que me desis,cualquier cosa te consulto puede ser?
de verdad gracias!!!
 #332831  por marcotulio
 
alejandra puse en situacion de revista y beneficio de sicam tal como me dijiste, cuando te referis a sicam 1 es la primera parte antes de ingresar a "regimen de regularizacion voluntaria ley 24476" no? por lo que esto ultimo seria sicam 2?
puse tal cual me dijiste y me arrojo años de servicios y aportes 7 a 4 m , lo cual para llegar a los 30 a necesito comprar 22a 8m , no entendi porque me decis que debo comprar 21 a 10 m?
los periodos 08/66 a 03/89 donde lo pongo? amplio la sit de rev? o como hago?
me fije en afip y en "pagos efectuados figura como ultimo pago periodo 09/2005 fecha rec 26/11/2008 fech acred 23/12/2008 , podre realizar ddjj?
en detalle de deuda tengo varios periodos caros entre cap + int llegan 530 $ promedio, como renuncio y como amplio la moratoria?
la ley que vos me decis para renunciar es art 1 ley 25321?
alejandra perdon por tantas preguntas , pero la verdad que necesito resolver esto ya que me comprometi mucho con esta señora. muchas gracias
 #332968  por ALEJANDRA VALLADARES
 
VOY CORRIGIENDO.
marcotulio escribió:alejandra puse en situacion de revista y beneficio de sicam tal como me dijiste, cuando te referis a sicam 1 es la primera parte antes de ingresar a "regimen de regularizacion voluntaria ley 24476" no? por lo que esto ultimo seria sicam 2? ..............SI
puse tal cual me dijiste y me arrojo años de servicios y aportes 7 a 4 m , lo cual para llegar a los 30 a necesito comprar 22a 8m , no entendi porque me decis que debo comprar 21 a 10 m?..........TENES RAZON. ENTRE MI HIJA QUE ME HABLABA Y MI MARIDO QUE ME HABLABA, Y NO LOS QUERIA "ECHAR" ME EQUIVOQUE EN LA CUENTA. BIEN LO QUE DECIS. TENEMOS 7 AÑOS 4, Y FALTARIAN 22 AÑOS 8 MESES
los periodos 08/66 a 03/89 donde lo pongo? amplio la sit de rev? o como hago?.......SI, EN DONDE SEGUIS SIT DE REVISTA, AMPLIAR, AHI LO CARGAS CON LA CATEGORIA COSTURERA.
me fije en afip y en "pagos efectuados figura como ultimo pago periodo 09/2005 fecha rec 26/11/2008 fech acred 23/12/2008 , podre realizar ddjj?.......FIJATE EN DONDE DICE PAGOS DEL SICAM, CUAL ES EL ULTIMO PAGO EFECTUADO. ESO TE MARCARIA LA DDJJ A DECLARAR. PERO SI TENES AÑOS POR DDJ PARA DECLARAR, VA A IR TODO EN SICAM 1, PORQUE AHI SE APLICAN LOS BENEFICIOS.
...en detalle de deuda tengo varios periodos caros entre cap + int llegan 530 $ promedio, como renuncio y como amplio la moratoria?.....LOS RENUNCIAS POR LA 25321 EN EL SICAM 1 A CADA PERIODO EN PARTICULAR, Y POR CADA UNO QUE RENUNCIAS, AMPLIA EL PERÍODO QUE COMPRAS DE COSTURERA 1 MES MAS, O SEA LO VAS CORRIENDO...TOTAL, VOS ESTAS COMPRANDO HASTA AHORA HASTA EL 2/99, Y LA MORATORIA PUEDE IR HASTA 9/93.
la ley que vos me decis para renunciar es art 1 ley 25321?..........SIIII!!!. NUNCA ME LA ACUERDO.... :lol:
alejandra perdon por tantas preguntas , pero la verdad que necesito resolver esto ya que me comprometi mucho con esta señora. muchas gracias
 #333110  por marcotulio
 
alejandra, te comento algo la afip intimo a la sra a pagar ,la deuda que tiene es: desde periodo 7/2004 hasta 04/2009 $ 7.056.91
pero la intiman a pagar desde 5/2008 hasta la fecha.$ 1000 ¿ cuando hablan de renunciar a los periodos impagos por medio de la ley 25321, se refieren a estos periodos? yo entiendo que la moratoria en cuota es hasta 9/93 los periodos adeudados en adelante se pagan al contado , y no es que se puede renunciar a ellos ? desearia si podes aclararme el panorama
que es lo que se deberia hacer en este caso, tiene un plazo de 10 dias para pagar,
 #333125  por MARIO1943
 
HOLA A NO COINFUNDIR UNA COSA ES RENUNCIAR PERIODOS A EFECTOS DE LA JUBILACION Y OTRA COSA ES LA DEUDA EXIGIBLE EN PERIODOS NO PRESCRIPTO
Y ESA DEUDA SI ESTA INTIMADA LA TIENE QUE PAGAR, POR MAS QUE EN EL SICAM RENUNCIE ESOS PEROIODOS, SON DOS COSAS TOTALMENTE DISTINTAS, QUE SE PRESENTE A LA AFIP Y HAGA UN PALN DE PAGO EN MIS FACILIDADES
 #333185  por ALEJANDRA VALLADARES
 
es como dice Mario. Yo te dije que el afip no te puede reclamar los períodos prescriptos, o no recuerdo si te lo dije a vos o a otro forista.
Pero aunque renuncies por los que no están prescriptos, lo hacés a los efectos jubilatorios porque tenés los 30 años con otros aportes. Pero éstos los seguís debiendo al afip y te los puede reclamar...
hay amplias facilidades. que vaya al afip como dijo mario.
un beso.