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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #323291  por virginie
 
Hola foristas, hace mucho que no entro porque estuve alejada de la profesion. Pero ya es hora de levantarse y seguir.
Mi consulta es la siguiente
muer nacida 17/9/1923
edad 85
excedente 25 años = 12 años 6 meses
periodos prescriptos
01/55 12/68 IND ACT 307
01/69 06/80 CAT B ACT 307
07/80 02/07 A 307

Hice liquidación asi
01/55 12/72 17 años
01/73 06/80 presc por art 1 24241
07/80 02/07 " "
Mi pregunta es la siguiente, puedo utilizar los periodos que prescribi para hacer uso de los beneficios de la DDJJ por 7 años y el excedente por edad?
LLegaria a 36 años y 6meses

Mil gracias a todos los que me puedan ayudar.
Virginia
 #323297  por hugo2
 
No la ddjj la tenes que poner dentro de los años trabajados, esa sra tendria como deuda solo 10 años y 6 meses, el excedente de edad no tenes que ponerlo en ningun lado.
Ojo tendrias que ponerla en actividad esde 01/55 a 06/73 porque te estan faltando 6 meses.
 #323845  por virginie
 
A ver si entendi

sit revista
01/55 12/68 act 307 ind
01/69 06/80 B
07/80 02/07 A

01/73 02/07 art 1
01/73 12/79 beneficio art 3
Me sobrarían años y no tengo que comprar nada, por el excedente de edad 25 años = 12 años 6 meses
Estará bien mi razonamiento o hice lío nuevamente :oops: