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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #323363  por NatyD
 
Hola:
Tengo una cliente que le presentamos la solictud de pensión directa, el marido falleció el 16/08/1989 y tenía Padrón historico de Autónomos con fecha de inicio 08/1985 cód. 401.
Le hice SICAM aplicando la ley 24476 en datos para liquidación xq si ponía ley 18038 no me permitia hacer el plan
cargue
Situación de revista 08/1985 a 08/1989 cód. 401
Beneficios 08/1985 05/1988 art. 1 Ley 25321
y me salio el SICAM por 1 año y 3 meses, justo anteriores al fallecimiento.
Luego ingrese en moratoria e hice pago de contado.
Me salio resuelto desfavorablemente el expte. por que dice que no puedo aplicar art1 ley 25321,
ahora la pregunta es que beneficio aplico para prescribir ese período, y poder respetar como fecha de inicio 08/1985
Le consulte personalmente al jefe de iniciadores de Udai Córdoba, y no sabia que respnderme, me termino diciendo que aplicara art. 3 de la ley 24476.
Alguien le ha pasado un caso similar. Ayuda !!!
Muchas gracias.!