Estimados: Disculpen si es una pavada lo que pregunto, pero la verdad no lo se, Tengo un cliente que tuvo un accidente de transito, quiero hacer pacto de cuota litis con domicilios en provincia de Buenos Aires, ya que yo tengo mi estudio en la provincia y mi cliente también tiene domicilio allí. Quiero saber si esto puede generar algún problema si se llega a dar el caso de tener que iniciar demanda en Capital Federal por la jurisdicción de Cía. de Seguros Art. 118.
Será Justicia.