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  • DIVORCIO X PODER

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 #318766  por GRACE 68
 
HOLA A TODOS!!ME PODRIAN DAR UNA OPINION ACERCA DE ESTE CASO?

ME LLEGÒ UN CASO DE UNA PERSONA QUE VIVE EN EL INTERIOR Y SE QUIERE DIVORCIAR.
SI ME PONGO DE ACUERDO CON LA OTRA PARTE PUEDO INICIAR UNA PRESENTACION CONJUNTA? Y YO FIRMAR COMO APODERADA DE MI CLIENTE?

(PODER ESPECIAL PARA INICIAR DEMANDA DE DIVORCIO, ASI SE PIDE?)

OTRA COSA, SI ME PONGO DE ACUERDO CON LA OTRA PARTE PODRIAMOS INICIAR UN 214 INC 2, EN UN MISMO ESCRITO?
Y YO FIRMANDO COMO APOD Y ADJUNTANDO PODER ?

Y QUIZAS EVITAMOS LA AUDIENCIA EN LA QUE TENDRIA QUE VENIR PERSONALMENTE NO?

GRACIAS !!!!!ESPERO LAS VALIOSAS OPINIONES DE LOS QUE INTEGRAN ESTE FORO!!!!
 #318883  por SOL DE OTOí‘O
 
Yo te diría que le mandes el escrito, te lo firme y remita. Igual a la audiencia siempre va a tener que venir porque en cuestiones de familia el juez debe tomar contacto directo con las partes. Acordá antes de mandarle todo, que le vas a pagar el pasaje y que en poco tiempo ya tiene la sentencia, te lo digo porque después no vienen y tenés que invocar una causal y adjuntar prueba (me ha pasado)
 #320018  por GRACE 68
 
muchas gracias por contestar!!!
si hay otra opinion, tambien sera bienvenida!!!
 #320316  por Novisimo
 
Grace: te comento mi caso particular. Presenté en forma conjunta mi divorcio y tengo que ir a reconocer la firma. Me comentaba quien me patrocina que si hubiese certificado la firma no era necesario hacer esto. Averigua en una de esas es viable esto (mi divorcio es en La Pampa).
 #321518  por GRACE 68
 
GRACIAS!!!A TODOS!!
 #321722  por pabarandiaran
 
Tambien podes presentarte vos con uno de tus clientes por el art. 214 inc. 2 y por la otra parte debe firmarte un colega (por ejemplo) con poder.
En este caso uno de los conyugues inicia la demanda por el art. 214 inc. 2 y cuando el juez corre traslado la otra parte ocn poder se allana a la demanda entonces se desiste de las audiencias y se dicta sentencia. Es muy breve de esta forma.