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 #321022  por Nacho33
 
hola a todos...soy nuevo en el foro, la verdad que esta barbaro, es increible la solidaridad de muchos que se nota que hace bastante que estan en la profesion y nos ayudan a los mas nuevitos.Les comento q voy a iniciar un ejecutivo por alquileres:

la primer duda: yo lo intimo al locatario a que en la audiencia a designarse exhiba ultimo recibo, manif. canon locativo y precio convenido. (no lo intimo a reconocer firmas). tambien cito a los fiadores a estos si a que reconozcan sus firmas. esta bien asi?? o es necesario q el locat reconozca firma tambien. Aclaro q en el contrato las firmas no estan certif por escrib publico.

2)Las casta doc original las reservo en secret?. y presento fotoc al expediente. O las hago compulsar y me quedo con las orginales.
gracias.....
 #321071  por ELISEA_SEP
 
HOLA nACHO 33:
HABER EN LOS JUICIOS DE EJECUCION DE ALQUILERES PREVIO A CUALQUIER TRAMITE, TENES QUE HACER LO QUE JURIDICAMENTE SE LLAMA PREPARA VIA EJECUTIVA, QUE ES EL PREPARA VIA? ES EL RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE QUE SE ASUMIO ESA OBLIGACION Y QUE LA FIRMA PUESTA EN EL MISMO ES LA DEL DEMANDADO, UNA VEZ CUMPLIDO CON ESTE RECAUDO, PROCEDES A COBRAR EL ALQUILER COMO UN CREDITO EJECUTI VO COMUN Y CORRIENTE, TRABAS EMBARGO Y LOGRAS LA EJECUCION PARA EL CASO QUE SE RESISTA.-
AHORA BIEN CON RESPECTO AL GARANTE TENE CUIDADO CON LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO Y LA RENUNCIA AL BENEFICIO DE EXCUSION, NO SIEMPRE OPERAS EN FORMA DIRECTA CONTRA EL GARANTE DEL CONTRATO.-
ELISEA
 #321079  por Nacho33
 
ELISA si los datos que di son para hacer el prepara via, en el mismo solicito que se cite al locat a una audiencia y que manif. lo que expuse mas arriba, no que reconozca firma, el codigo no lo exige en el tema de alquileres, no se si en la practica es asi. con respecto a los fiadores, en el cont dicen que son solidarios pero no renuncian a los benef. de division, excusion, etc.
En el prep via incluyo las CD originales?? las reservo en secretaria? o presento fotoc..
 #321086  por ELISEA_SEP
 
NACHO:
EN LOS JUICIOS EJECUTIVOS NO NECESITAS MAS PRUEBAS QUE LOS INSTRUMENTOS EJECUTIVOS, EN EL CASO DEL ALQUILER EL CONTRATO, ASI QUE LAS CARTAS DOCUMENTOS TE SERVIRIAN PARA QUE VOS COBRES GASTOS EXTRA JUDICIALES Y PARA PRESENTAR EN UN JUICIO ORDINARIO UNICAMENTE, EN EL EJECUTIVO SOLO IMPORTA QUE ESTE ACREDITADA LA IDENTIDAD DEL QUE FIRMO EL CONTRATO EN ESTE CASO.-
CON RESPECTO A LOS FIADORES SI NO RENUNCIARON AL BENEFICIO DE EXCUSION PREVIO A INTIMARLOS, VAS A TENER QUE REALIZAR TODAS LAS GESTIONES NECESARIAS PARA OBTENER EL PAGO DEL ILOCADOR ENTRANDO A JUGAR EL GARANTE CUANDO NO SE PUEDA COBRAR AL INQUILINO ORIGINARIO.-
SUERTE
MI NOMBRE ES ELISEA NO ELISA 8)
 #321359  por Nacho33
 
el locador no tiene bienes, si pecibe sueldo en relac. de dependencia pero lo tiene embargado es una persona que no le paga a nadie, por ende, tiene muchos juicios.
En el contrato los fiadores se contituyen como principal pagador y solidarios, no los hicieron renunciar a los benef. de division y excusion pero tengo entendido que el benef. de excusion no se aplica en los siguientes casos: renuncia al beneficio (no es este el caso), fianza solidaria, cuando se obliga como principal pagador, etc.. Por ende me parece que si puedo ir contra los fiadores....EScucho sugerencias...
Mantengo el post. gracias
 #321817  por Nacho33
 
Mantengo el post. escucho sugerencias al respecto
 #322518  por Nacho33
 
sigo con el port abierto
 #322626  por ELISEA_SEP
 
bueno nacho, si los fiadores no renunciaron al beneficio de excusion , tenes que ir penosamente contra el locador, cuando la empleadora conteste que tiene la porcion pertinente embargada, podrias iniciar juicio contra los fiadores, si no hay forma segun lo veo yo