Se me presentó el caso de un extranjero que me solicita que le vea la posiblidad de aplicar la moratoria para poder jubilarlo.
Tengo mi duda sobre a partir de cuando puedo comprarle años. Las fechas son las siguientes:
- Entrada al país: 6 de enero de 1974
- Fecha de radicación: 3 de julio de 1975
- Obtención de la categoría de residente permanente: 29 de agosto de 1988.
Todo estos datos surgen del DNI.
El tema es, desde cuando puedo comprar períodos? Desde febrero del 74, desde agosto del 75, o desde septiembre del 88?
Gracias por sus respuestas!
Robespierre.
Tengo mi duda sobre a partir de cuando puedo comprarle años. Las fechas son las siguientes:
- Entrada al país: 6 de enero de 1974
- Fecha de radicación: 3 de julio de 1975
- Obtención de la categoría de residente permanente: 29 de agosto de 1988.
Todo estos datos surgen del DNI.
El tema es, desde cuando puedo comprar períodos? Desde febrero del 74, desde agosto del 75, o desde septiembre del 88?
Gracias por sus respuestas!
Robespierre.
Un minuto real de felicidad...
