Por una deuda que mantienen conmigo, quieren saldarla con una cesión de derechos de bonos, que proviene a su vez de una cesión de derechos de bonos.
La pregunta es: si al momento de registrar los bonos en el ente emisor, es suficiente con la presentación de ambas cesiones o primero debe ser inscripta la correspondiente a quien me hace la cesión y recién después registrar la que me hizo . gracias
La pregunta es: si al momento de registrar los bonos en el ente emisor, es suficiente con la presentación de ambas cesiones o primero debe ser inscripta la correspondiente a quien me hace la cesión y recién después registrar la que me hizo . gracias