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  • juicio de escrituracion

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 #319105  por malaca
 
Hola que tal, yo soy nueva quería saber si alguien me puede ayudar. Este es el caso: mi clienta compro una casa tiene un boleto de compraventa en el mismo se aclara que la vendedora esta inhibida por la AFIP pero que se compromete a que antes de que mi clienta termine de pagar el inmueble (que fue adquirido en cuotas ) ella tendria solucionado el tema de la deuda con AFIP. bUENO LES COMENTO QUE ESTO YA PASO HACE 4 AÑOS Y LA VENDEDORA NO SOLUCIONA SU PROBLEMA. Como encaro el escrito.Soy de la provincia de Buenos Aires.
Muchassss graciass
 #319196  por dariord
 
Mira si la vendedora pago todo hay que ir a la afip con los comprobantes de pago y la misma AFIP te levanta las inhibiciones casi en forma automatica, ademas debe haber un expediente donde ordenan la medida contra esta señora si pago que se presente en el expediente y que se libre un oficio ordenando el levantamiento de las medidas.Todo esto si realmente cancelo la deuda.
 #319201  por malaca
 
hola, yo nuevamente, gracias por contestar, en realidad mi cliente es la que compro la casa y ella es la que pago todo el monto que le faltaba pagar de la casa, pero la vendedora no pago la deuda con la AFIP y por eso no puede escriturar el tema es que en el boleto mi clienta recononce que sabe que hay una inhibicion como tambien asi la vendedora se compromete a pagar la deuda en un plazo de 180 dias y ya pasaron 4 años.
 #319226  por dariord
 
Primero intimala a que cumpla con lo pactado en el boleto de compraventa y a que regularize lo de afip Hay moratoria o de ultima fijate de cuanto es la deuda, si la puede pagar tu cliente y luego accion de repeticion. Primero una buena intimacion. (Ojo que hubo torpeza en tu cliente).
 #320056  por malaca
 
hola dario gracias otra vez fui al registro y pude ver que la inhibicion que consta en el boleto ya esta levantada pero me encuentro con que esta señora( la vendedora ) tiene una inhibicion nueva anotada con fecha posterior al boleto de compraventa. la verdad no se entonces si puedo hacer o no el juicio de escrituracion porque ya mi clienta no sabia de esta inhibicion que resulta ser posterior al boleto.
 #320188  por Catalina73
 
Si la fecha de la inhibicion es posterior a la del boleto de cv, podés intimarla a escriturar y a que regularice su situacion bajo apercibimiento...bla bla bla, y en caso de negativa podés, OJO esto es lo que yo estoy por presentar, pork tengo un tema parecido, es 1)una terceria de mejor derecho, solicitando al juez le levante la medida al solo esfecto de escriturar, o 2)escrituración, en el cual va a saltar la inhibición + daños .Igualmente espera otros comentarios a ver que dicen. Saludos.- :mrgreen:
 #320419  por dariord
 
Si tiene fecha cierta el boleto, podrias iniciar el juicio de escrituracion, previa intimacion como dijo bien el colega, presentando en subsidio la terceria de mejor derecho y solicitando el levantamiento de la medida a efectos de escriturar.
Ojo es una opinion, yo solo llegue a iniciar una terceria de dominio sin tener fecha cierta, pero con otros medios de prueba.