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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #320057  por sebadami
 
Buenos dias, a ver si me pueden ayudar con un cliente q tengo.

La situacion es esta, mi cliente trabaja hace 25 años en una empresa, hace 5 años se jubilo y siguio trabajando para la misma empresa.
Nunca le notifico al empleador q se habia jubilado, siguio trabajando normalmente. Ahora verbalmente le dijeron q renuncie.

La pregunta es, el empleador puede actualmente intimar a mi cliente a q se jubile por el art 252 LCT y luego del año despedirlo sin pagar indemnizacion ????

O a esta altura, despues de estar 5 años trabajando siendo jubilado ya no puede intimarlo ?? (aunq nunca se le haya notificado al empleador).

Ustedes q recomiendan ??

Gracias !!
 #320131  por avvocato
 
Hola, el empleado debió comunicar a la patronal que se había jubilado. Creo que fue un acto de deslealtad...Y no es que estoy a favor de la empleadora...La ley de CT dice que la empleadora intimara al dependiente en el plazo de un año para que inicie los trámites de jubilación. Cumplido el plazo, si también tiene los requisitos para acceder al beneficio, debe dejar el puesto de trabajo.
La pregunta es, hasta qué punto le interesa a la empresa, mantener un empleado que le mintió.
Ahora, si la empresa le dio la certif de servicios y no controló que el empleado tenía todos los requisitos...Es su torpeza ( del patron)
Tal vez, se le manden la carta Doc, intimándolo a que haga los trámites y Qué hara tu cliente en ese caso? Si el empleado cumple los requisitos edad y servicios, tiene que irse al año. Si hizo o no los trámites no es problema de la empresa, puesto le dieron el tiempo...No creo que quepa indemnización en el caso concreto...Me parece...
Escucha otras opiniones...
Bueno, son solo mis ideas,,Suerte.
 #320205  por lgaray
 
Si se jubilo en vigencia de la 980 ni siquiera hacia falta presentar la certificación de servicios, más en falta esta el empleado.
Los empleadores tendrán obligaciones hacia sus empleados pero al revés también.