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  • Puede reclamar como tercero de buena fe?

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 #315209  por MAE
 
Hola, en el caso de una persona que compra una motoclicleta por medio de un boleto de compraventa, el vendedor le promete darle los papeles cuando se cancele la deuda que el mismo tenia con el negocio que le compro, resulta que este negocio quiebra muren los dueños y esta en tramite sucesorio, el conflicto para el señor que adquirio por boleto esta en que el que le vendio no puede entregarle ahora los papeles de la moto por que el negocio donde el la habia adquirido y donde aun tenia deuda, no existe mas. Puede el adquirente de la moto por boleto presentarse en la sucesion como acreedor o solo podria reclamarle al que le vendio por boleto?
 #315848  por catucha
 
lo que pasa que tu cliente puede en el sucesorio (como acreedor de título) subrogarse en los derechos del adquirente anterior en la medida que pruebe que se canceló la obligación con el causante. (sería un especie de tracto abreviado)
Allí el primer problema.
Pero por ahí los herederos no formulan oposición si vos acreditas la cadena de trasmisiones de la moto y no te piden que acredites el pago de tu vendedor para con el causante.
Acreditá tu nexo causal con tu vendedor y éste con el causante y vos por tu parte tu cancelación con aquél, por ahí la sucesión lo demanda a tu vendedor como deudor de la sucesión pero vos no tenés proque concoer que aquél no había pagado y alegaría la posesión y adquisición de buena fe.
 #315903  por MAE
 
Hola catucha, gracias por contestar, te cuento con lo que me vino este señor el primer dia. Me conto que habia ido a reclamarle a los hijos de los dueños del negocio que quebro haber si tenian los papeles, y ello le dijeron que no tenian nada que lo que el podia hacer es la prescripcion de la motocicleta . Mi cliente la adquirio en el 2008 por boleto de compra venta, el primer adquirente en el año 1999. Pero, se podria aplicar en este caso? ¿seria el art 4012 del codigo civil?.La verdad yo no lo veo muy viable me parecio mas prcedente el tema de reclamar como tercero de buena fe en la sucesion o directamente a su vendedor. Vos que opinas?
 #319733  por catucha
 
No podés usar la prescripción corta de 10 años porque no tenés "justo título" que es el caso del titulo que reviste las formalidades de ley pero que por algun defecto es nulo.Es el caso de adquisición defectuosa. Pero encararía el estudio del tema por el lado del art. 4016 bis y mirá los arts, 2 a 4 del dcto. 6582/58 aunque nosé concretamente si es tambien para motos.
Hay un libro de règimen registro de automotores de Lidia Viggiola-Molina Quiroga, buscalo en una bibilioteca o consultá en el registro que le correspondería a la moto, ello te pueden dar la solu´ción.
 #320072  por MAE
 
Hola, gracias por responder. Yo entiendo que el boleto de compra venta es justo titulo para encarar el tema de la prescripcion.
 #320109  por Warrioress
 
Hay una diferencia de plazos importante en la prescripción adquisitiva de bienes inmuebles (10 y 20 años), bienes muebles y bienes muebles registrables.
No recuerdo ahora los plazos en este último caso, pero cuando leí el primer post, la prescripción adquisitiva fue la opción que mas viable me pareció.

Saludos!
 #320161  por marcelomoran
 
NO. En materia de automotores la buena fe se tiene si tenes el dominio inscripto a tu nombre, ya que no hay forma de que se te considere que estas convencido de que sos el propietario sin esa circunstancia. Saludos !