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  • UNICO HEREDERO/ CESION O DONACION?

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 #319245  por natidel80
 
Hola colegas, mi preguta es, si el unico heredero (el hermano) una vez decretada la declaratoria de herederos puede hacer donacion de bienes del acervo hereditario (son dos) a dos nietos? uno para cada uno, o se puede hacer una cesion de derechos hereditarios??

que risgos acarrea esto normalmente, ya que, el abuelo (unico heredero (hermano) de la causante fallecida) tuvo dos hijos, (pero segun el heredero no tendrian inconvenientes en dejarles las dos casas que eran de su hermana) como se instrumentaria esto para seguridad de los nietos a quienes este abuelo quiere dejar la herencia de su hermana?

se entendio?? jaja

agradecere todo comentario y sugerencia!
Saludos!!
 #319254  por SALINASPAU
 
Como poder puede, el tema es que toda donacion es revocable si afecta la legitima.
suerte
 #320027  por Claudialo
 
Tuve un caso así. Para mi la diferencia entre la cesión y la donación es que la cesión la podes hacer dentro del sucesorio y se incriben la cesión conjuntamente con la DH. a su vez puede ser onerosa o gratuita. En el caso de ser onerosa el cesionario es un tercero adquiriente de buena fé y no sería perseguido por la legitima. En el supuesto de la Donación, me parece que es por fuera de la sucesión y si o sí es gratuita.Ahora los nietos tienen que ser mayores de edad, sinó es oferta de Donación, que se perfeccionaría cuando estos alcancen la mayoría de edad y al acepten. Me parece que la donación es irrevocable, solamente se deduce de la misma, la porción que faltare para integrar la legitima que afectó.-