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  • JUBILADA CON MORATORIA QUIERE PENSIONARSE

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #319867  por paomad
 
Quería saber si una persona jubilada con moratoria hace un par de meses falleció el esposo jubilado hace mas de diez años (sin moratoria) y quiere tramitar la pensión del mismo, si existe alguna imposibilidad. La pregunta es porque esta Sra. fue a la Udai 3 de Febrero y le dijeron que no podía hacerlo. Alguien sabe por qué no puede? ya que estuve leyendo las resoluciones al respecto y noveo inconveniente al respecto. Muchas Gracias
 #319882  por almabal
 
El problema es que el sr. ya estaba jubilado y ella no tramitó la derivada antes de jubilarse. Para acceder a su pensión derivada tendría que cancelar su deuda del plan previamente de contado. conozco otros casos.
 #320047  por aime
 
YO CREO QUE NO TIENE QUE HABER INCONVENIENTES. PORQUE ELLA OBTUVO EL BENEFICIO (NO IMPORTA SI ES CON MORATORIA O NO)ANTES DE QUE FALLECIERA EL ESPOSO. Y LA PENSION POR EL ESPOSO LE CORRESPONDE POR LEY. PRESENTALA Y RECURRILA SI ES NECESARIO NO SE LA PUEDEN NEGAR. EL BENEFICIO DE ELLA YA ESTABA OTORGADO Y ES CASO CERRADO NO LE PUEDEN EXIGIR AHORA PAGAR TODA LA MORATORIA.
 #320071  por almabal
 
Perdón. Entendí mal tu primer mensaje. Si el esposo estaba jubilado y luego la sra se jubila y a posteriori queda viuda, por supuesto que puede tramitar su pensión derivada . El hecho de que esté jubilada no es problema.
 #320099  por lgaray
 
no, no entendiste mal.
Estaba jubilado, muere luego de la 884, ella tramita con moratoria su jubilación y ahora quiere tramitar la derivada.

Te dicen que no porque la Pensión corre desde el dia posterior al fallecimiento, por lo tanto era un derecho adquirido y ella se jubila luego de la 884. Ya era una pensionada, solo que no la tramito.
Le van a exigir el contado de la deuda.
 #320117  por paomad
 
lgaray escribió:no, no entendiste mal.
Estaba jubilado, muere luego de la 884, ella tramita con moratoria su jubilación y ahora quiere tramitar la derivada.

Te dicen que no porque la Pensión corre desde el dia posterior al fallecimiento, por lo tanto era un derecho adquirido y ella se jubila luego de la 884. Ya era una pensionada, solo que no la tramito.
Le van a exigir el contado de la deuda.
Ella se jubilo antes de la 884 y el marido ya estaba jubilado. La muerte del Sr. es de hace un par de meses entonces según vos debería pagar la moratoria de la jubilación que ya tiene acordada en cuotas de contado????
 #320192  por lgaray
 
Me quede dudosa con este tema y me fui a la Circular 34/08

El Punto 1 se refiere al mismo caso. Pero no habla de derivadas, aparentemente de directas.
Dice que cabe mantener el pago de la PBU de la Sra.. La pension fué iniciada con posterioridad
 #320194  por lgaray
 
ahhh, para.
Se jubilo ella antes de la 884 ?
Entonces si le corresponde. Además la derivada es SIN moratoria. Y que culpa tiene si el marido se murio
Que en la Udai 3 de Febrero le digan donde esta escrito que no puede.
 #320425  por GCS
 
hola como estan, me permito esrcibir aqui porque tengo un caso similar. Las que han pagado al contado alguien tiene idea mas o menos de que deuda seria para una persona nacida en 1933, o sea 18 en 1951? gracias porque aun no tengo la clave fiscal y me pregunta mas o menos cuanto seria. grcias a todos