mi consulta es la siguiente.
la viuda es jubilada con laley 24476, le comence la jubilacion almarido en afjp con ley 24476 mientras estaba vivo, muere, pase el beneficio a ella, solicitandola pension, luego de dos años sale acordada pero con el pequeño detalle que debe pagar de contadolas cuotas que le resta. voy a presentar recurso jerararuico, porque le aplican la 884, no es que para pension no hay que aplicarla?
desede ya gracias...
la viuda es jubilada con laley 24476, le comence la jubilacion almarido en afjp con ley 24476 mientras estaba vivo, muere, pase el beneficio a ella, solicitandola pension, luego de dos años sale acordada pero con el pequeño detalle que debe pagar de contadolas cuotas que le resta. voy a presentar recurso jerararuico, porque le aplican la 884, no es que para pension no hay que aplicarla?
desede ya gracias...
