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 #318281  por yiya
 
Procesal- El 1972 retire copia de 1 pericia soy patrocinante y mi clienta no estaba volvio el lunes y la otra parte me pide la clausura del periodod e prueba pero el proveido del retiro de la pericia decia: De la pericia prac, dese trasa ......, por el ter. de......dias.NOTIFIQUESE por cedula o en cualquiera de las formas esatablec. en el art. 133 CPCC (arts. 461 y 147 y del CPCCC T.O Ley 9776) E rios. puedo oponerme a la clausura y dar recien ahora por notif a mi clienta y contestar la pericia. Yiya