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  • SUCESIÓN - DONACIÓN DE LA PARTE GANANCIAL

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 #312492  por Abogada Principiante
 
Hola! Estoy haciendo la sucesión de una señora casada, con dos hijos mayores de edad. El acervo hereditario: un inmueble ganancial inscripto como bien de familia. Es decir que los hijos heredan el 50% del inmueble. El otro 50% es de conyuge (ya era de él por ser ganancial). Este último quiere que este 50% quede a nombre de los hijos, así queda todo el inmueble a nombre de los hijos y se quiere reservar el usufructo.

Yo entiendo que primero tengo que hacer la sucesión e inscribir el 50% que heredaron los hijos a su nombre y luego a través de un escribano el padre debería donarle el otro 50% y en ese misma escritura dejan constancia de la reserva de usufructo.

Ahora bien, sería muy descabellado si manifiesto la donación y la reserva de usufructo en la sucesión para que sea el juez de la sucesión el que ordene la inscripción de todo el inmueble a nombre de los hijos con la reserva de usufructo y pago la tasa de justicia por el total?

Y otra preguntita: si el hombre dona su 50% y se reserva el usufructo y luego fallece, los hijos pueden tener algún inconveniente para venderlo? Sería necesario hacer la sucesión del hombre para demostrar que son los únicos herederos ó con el certificado de defunción lo venden y listo?

ESPERO COMENTARIOS!!!!!!! GRACIAS!!!!!
 #315454  por alejofer
 
PODES HACER UNA CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS POR EL 50 % RESTANTE ASI LE QUEDA EL 100 % A LOS CHICOS Y DIRECTAMENTE LO INSCRIBIS ASI!!! TODO A NOMBRE DE ELLOS. LO QUE NOSE SI EN LA MISMA ESCRITURA PODES AGREGAR EL TEMA DEL USUFRUCTO O TENES QUE HACER OTRA APARTE (PREGUNTALE AL ESCRIBANO). LUEGO DE QUE FALLEZCA QUEDA SIN EFECTO EL USUFRUCTO Y YA VA A ESTAR INSCRIPTA A NOMBRE DE LOS HIJOS POR ESO NO VA A HACER FALTA OTRA SUCESIÓN. SALUDOS!!!
 #315507  por Abogada Principiante
 
Hola Alejofer! Gracias por contestar!

Sabés que yo pensé que como el 50% ganancial es del hombre no porque lo herede, sino porque ya era de él, no se podía ceder como derecho hereditario porque en realidad no era "hereditario".

Voy a aprovechar para hacerte dos preguntitas: Cual sería en la práctica la diferencia entre hacer la cesión ó hacer la donación? Y desde el punto de vista de los gastos de escribano qué es más económico: hacer la cesión (recordá que luego hay que hacer el usufructo, eso lo voy a consultar con la escribana) o hacer la donación y en la misma escritura el usufructo?

Desde ya MUCHAS GRACIAS!!!!
 #315561  por fugitiva
 
Abogada Principiante:
En cuanto a tu última pregunta, si el padre muere luego de haber hecho la donación, el bien no entrarían en principio en la sucesión porque los hijos a esa altura serían dueños- por tanto no tendrían inconvenientes.
El usufructo termina con la muerte del padre, y las calidades del derecho de dominio, vuelven a los hijos.

Digo en principio, porque al ser una donación, puede aparejar inconvenientes- creo recordar que los eventuales acreedores del padre podrían pedir que se revoque o algo asi ese bien- ...pero esto último lo dejo a entera corrección de los foristas , pues no lo recuerdo con claridad.

Espero haberte ayudado un poquito.

Fugitiva.