Hola alguien me puede orientar respecto de la resolucion 53/08 que habla de que ademas de los tickets de pago 102, hay que acreditar la relacion laboral por otros medios, si el pago es extemporaneo. Lo estan cumpliendo? Q saben. La ultima jubilacion con Sdm la hice hace casi un año y solo con los 102 me la otorgaron.
Gracias!!!
Gracias!!!
