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  • Pension Ley vieja 18.037 Ayuda!!!!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #312050  por Gramy
 
Hola Colegas!!!!
Necesito de vuestra ayuda !!!, es el caso de una sra, que se jubiló por amas de casa y ahora quiere iniciar la pension. El marido fallecio en el año 1992, tenia 62 años de edad ,trabajaba bajo relacion de dependencia y tenia 23 años de aportes. cuando él fallece, ya no se encontraba trabajando
Tengo entendido que se aplicaria la ley 18.037, mis dudas:
puedo aplicar moratoria ley 24.476? habrá que pagar de contado?
Como hago para sacar la sabana de aportes?
Cualquier informacion, sera util.
Espero me ayuden.
Gramy
 #312165  por clasu
 
hola grammy: podes usar la moratoria ley 24476; pero tenes que pagar el último año de vida al contado.
ej. si fallecio el 02/02/1992 pagar desde 02/1991 hasta 02/1992 (son 13 meses) así se paga. Saludos.
 #312187  por Gramy
 
Clasu: el año es lo que pago al contado, el resto de los años (porque faltan 7 años para completar los aportes) eso puedo pagarlo por moratoria?
Saludos!
 #312196  por clasu
 
eN EL sicam la ley aplicable es la 24476, en situacion de revista el ultimo año de vida del causante, cuando seleccionas la cantidad de cuotas de Contado.
nada mas no tenes que completar 30 años porque fallecio en vigencia de la ley 18038.
Siempre y cuando tenga una inscripcion en autonomos.
espero te sirva-
 #312830  por Gramy
 
Clasu gracias por la ayuda, pero tengo tantas dudas, es la primera pension que me viene con estas caracteristicas, te comento: el causante fallece en noviembre de 1992, tenia 23 años de aportes, trabajaba bajo relacion de dependencia y cuando fallece no estaba en actividad. Tenia 62 años.Lo que me preocupa es que no estaba en actividad. quizas sea una pavada pero al no saber, me preocupa.
Me podras orientar?
Gramy
 #312871  por clasu
 
lee la res. 68/2006 o circular de anses 70/2006; que en el art. 3 dice: "Sera procedente la invocacion de los art. 8 y 9 de la ley 24476 por parte de los derechohabientes para la tramitacion de la pension prevista por los arts. 26 a 30 de la ley 18038...en tanto el causante se encontrare afiliado formalmente al regimen de jub. y pensiones para trabajadores autonomos, con anterioridad al fallecimiento y el periodo de deuda ampardo en el plan de facilidades...no fuera inferior al año inmediato anterior al deceso del causante y se hubiera cancelado dicho plan en su totalidad al momento de la solicitud de la pension..."

Saludos.
 #312882  por Gramy
 
Clasu gracias por responder, ahora busco la circular que decis, pero pregunto: mi caso es relacion de dependencia o sea ley 18.037 y vos me remarcas la 18.038. en mi caso el sr no era autonomo. Puedo aplicar lo que posteaste anteriormente?
Disculpa x tantas preguntas.
saludos, Gramy
 #312898  por inesla
 
Gramy escribió:Hola Colegas!!!!
Necesito de vuestra ayuda !!!, es el caso de una sra, que se jubiló por amas de casa y ahora quiere iniciar la pension. El marido fallecio en el año 1992, tenia 62 años de edad ,trabajaba bajo relacion de dependencia y tenia 23 años de aportes. cuando él fallece, ya no se encontraba trabajando
Tengo entendido que se aplicaria la ley 18.037, mis dudas:
puedo aplicar moratoria ley 24.476? habrá que pagar de contado?
Como hago para sacar la sabana de aportes?
Cualquier informacion, sera util.
Espero me ayuden.
Gramy
hola, falleció dentro d elos 5 años inmediatamente posteriores al cese??? de ser así tiene derecho, sin hacer nada por autónomos. cualquier duda volvé a postear. sds
 #313537  por Gramy
 
Inesla, el señor ceso en 1968, y fallece en el año 1992. Tenia 23 años de aportes. bajo relacion de dependencia. se aplica la ley 18.037? la sra podria inicioar tramie de la pension?
Gramy
 #313592  por clasu
 
En el caso que mencionas, trabajo solo en relacion de dependencia y sin inscripcion de autonomos, no procede. La ley 18037 era distinta a la actual 24241 y exigia para el caso de invalidez o fallecimiento el hecho de estar en actividad al momento de la contingencia.
 #313608  por luli4806
 
Por favor urgente necesito un modelo de reajuste para pension. cobra la minima. Gracias al que tenga algo y lo pueda postear o mandar al mail.
 #313663  por inesla
 
Gramy escribió:Inesla, el señor ceso en 1968, y fallece en el año 1992. Tenia 23 años de aportes. bajo relacion de dependencia. se aplica la ley 18.037? la sra podria inicioar tramie de la pension?
Gramy
Comencemos de cero.
1ero: qué edad tenía cuándo cesó??? o cual es la fecha de nacimiento???
2do: no trabajó más???
3ero: en el 92 la ley requería (según en qué mes) hay qué fijarse 15 o 20 años de aportes, el resto iba a simple declaración jurada, asegurate que no haya tenido una afiliación autónoma con ci, por ejemplo.
No se me ocurre qué más podés necesitar. Tenés un sijp del sr???, la seguimos cuando postees los datos, si??? sds
 #313677  por Gramy
 
Inesla:
1) nacio el 28/3/1930. Cesa en abril de 1968.
2) Segun la esposa, no trabajo mas, y fueron a vivir a Corrientes.y muere allá en el año 1992.
3) La sra me trajo certificados de aportes jubilatorios, certificacion de servicios y certificacion de cesacion de servicios.
Te sirve mis datos?
Gramy