antes que nada gracias a todos por las respuestas.
el sr. desaparecio a los 39 años. y habia aportado como empresario (tenian fabrica de velas), recien en el año 1992, el juzgado lo declaro fallecido. entonces la viuda hizo la pension y me comenta q siempre cobro la minima. incluso hizo un reclamo, pero el anses se lo nego. yo el expediente no lo vi. pero si la resolucion denegatoria. que le llego en noviembre de 2008.
ella cobra 690.
yo habia sacado esta cuenta si las pensiones equivalen al 75% del monto de la jubilacion, que le hubiera correspondido QUIEN fallecio.
la jubilacion seria de $920. y por ende la pension el 75% seria 690.
pero tenia esa duda. si el estado garantiza la minima de 690. entonces ella tiene razon y deberia iniciar un ajuste.
o no? que opinan?
Por otra parte, la empresa desapareció y no hay documentación. como acredito la categoria aportada? cual es el parametro? por que no es como si fuera relacion de dependencia que se pide un informe al lugar donde uno trabajaba y ellos manifiestan cuanto cobra hoy una persona en igual categoria.... que se hace con los autonomos???
mil gracias
saludos
adriana