Hola a todos!! Mi consulta es sobre un matrimonio que estaba separado de hecho hace 6 años, con un hijo de 20 años. La mujer vivía con su hijo menor en la casa que es el único bien que conformaba la sociedad conyugal. La SRA fallece. El hijo queda viviendo en ese domicilio. El padre manifiesta que quiere hacer la sucesión y vende el bien a efectos de cobrar su parte de la sociedad conyugal. Que solución puedo adoptar para evitar que el menor se quede habitando la propiedad. Y Que pasaría si el menor fuera mayor de edad y se diera la misma situación. Gracias
fijate en el art 297 CC y tene en cuenta el derecho de habitacion (derechos emergentes de la patria potestad) que tiene el padre sobre su hijo menor.
Cuando sea mayor de edad la cosa cambia y ya se puede hacer partcion sin trabas.