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  • HAY DIFERENCIA ENTRE AMPARO Y SUMARISIMO EN LA CAUTELAR?????

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #309458  por PARANA
 
Hola queridos amigos foristas:

hace un tiempo largo que estaba desaparecido... totalmente negado a terminar mis vacaciones pero... hay que volver a la realidad :roll:

quería hacerles una consulta:

en los casos de Beneficio de Jubilación suspendido o denegado por ser titular de una pensión (res. 884/06), venía presentando las Acciones de Amparo con la Cautelar Imnovativa... En 1ra instancia me conceden todas las Cautelares y en Cámara depende de cual te toque... igualmente, en los casos en que me las revocaban, ya había salido la Sentencia de la Cuestión de fONDO... así que no había problema.-

Hace una semana vienen a traerme, desde otro Estudio, varios casos de JAAP suspendidas, pero ya se les venció el plazo para el Amparo, por lo que pensamos en interponer Sumarísimos.-

Nuestra duda era respecto a que suerte tienen en Cámara las cautelares que acompañan a los Sumarísimos...
si hay alguna diferencia o es igual?

Además quería saber si la Corte se ha expedido sobre la temática y si alguien tiene algun fallo para subir.-

Desde ya estoy agradecidos a los que colaboren conmigo y disculpen si alguien ya posteó el tema...

UN ABRAZOOOOOOOOOO :mrgreen:
 #309639  por MARI123
 
hola, y si la diferencia es importante en plazos, pues los procesos sumarisimos se rigen por el Art. 322 del CPCCN, plazos general de 5 dias, y demas arts del codigo de prueba, etc; y los amparos por la ley de amparo 16986, plazo general 48 hs e informe del art. 8. En la accion sumarisima no tenes plazo para iniciar la accion desde que se inicia el daño, debe ser razonable. saludos